Los Abogados de Familia, en contra del matrimonio entre homosexuales

Redacción - 22/01/2005 El presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia, Luis Zarraluqui, ha manifestado que el proyecto de ley que permitirá el matrimonio entre personas del mismo sexo pretende transformar la institución del Matrimonio “de bisexual a homosexual”. Zarraluqui se mostró de acuerdo con el informe del Consejo General del Poder Judicial hecho público esta semana, que también es contrario al matrimonio entre homosexuales.

En la conferencia ofrecida en la tarde del viernes en el Colegio de Abogados de Madrid, por Luis Zarraluqui, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia, se mostró contrario a la posibilidad de adopción por parte de las parejas homosexuales, ya que “los experimentos deben hacerse con gaseosa, no con los niños”, a lo que añadió que “el sexo no son tendencias, orientaciones o interpretaciones”, y que el Gobierno debería tener esto más en cuenta a la hora de legislar. El presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia señaló que “la falta de diálogo del Gobierno y el rechazo a cualquier opinión" va en detrimento de la futura ley.

En opinión de Zarraluqui “la capacidad para contraer matrimonio” no excluye “al homosexual porque la capacidad objetiva ya la tenía”. Por ello remitió al reformado Artículo 44 del Código Civil invocando el precepto de igualdad, que responde a “una falta de rigor en la interpretación jurídica y a la presión social”. La Asociación que Zarraluqui preside es partidaria de hacer una regulación a través de uniones de hecho, “materia en la que el Estado tiene la competencia exclusiva”, ya que el presidente de los Abogados de Familia de España considera que es necesario una legislación a nivel nacional de las parejas de hecho que conceda los mismos derechos a homosexuales y heterosexuales y que eliminaría “un sinfín de problemas”.

Sobre la reforma de la Ley del Divorcio Zarraluqui considera que “su mayor defecto son las ausencias”, pues las modificaciones son “defectuosas tras 26 años de espera”, tales como la falta de regulación de la pensión compensatoria, del establecimiento de un fondo de garantía de impagos de las pensiones de alimentos, y el plazo mínimo de tres meses de duración del matrimonio. Por otro lado, se manifestó favorablemente sobre el mantenimiento de los dos procesos, de divorcio y separación, sin que ésta sea requisito previo, y añadió que la reforma acometida era “necesaria ante las deficiencias del sistema”.
 

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