14.01.09
No creyentes bautizan a Católicos
Oímos a S. Juan Bautista anunciar sobre Cristo en el Evangelio del domingo del Bautismo del Señor, “Él os bautizará con Espíritu Santo” (Mc. 1, 8) S. Agustín afirma: “Todos los que reciben el Bautismo de manos de un borracho, de un homicida, de un adúltero, si el Bautismo es de Cristo, por Cristo son bautizados.” (Trat. Evang. S. Juan 5,18). Más aún, S. Isidoro de Sevilla dice: “El Espíritu de Dios administra la gracia del bautismo, aunque sea un pagano quien lleve a cabo el bautismo”. (can. Romanus de cons., iv) De hecho, hay católicos que han sido bautizados válidamente por cristianos no católicos (por ejemplo en casos de conversiones al catolicismo) y hasta por no creyentes. Pero, en muchos de estos últimos casos, los bautizados no vivieron para contarlo. ¿Por qué?
Es porque se tratan de bautismos de urgencia en situaciones de vida o muerte.
Muchos de los que trabajan en los hospitales de los EE.UU. están familiarizados con esto:“Son ministros ordinarios del Bautismo el obispo y el presbítero y, en la Iglesia latina, también el diácono (cf _ CIC, can. 861,1; CCEO, can. 677,1). [Pero…] En caso de necesidad, cualquier persona, incluso no bautizada, puede bautizar (Cf _ CIC can. 861, § 2) si tiene la intención requerida y utiliza la fórmula bautismal trinitaria. La intención requerida consiste en querer hacer lo que hace la Iglesia al bautizar. La Iglesia ve la razón de esta posibilidad en la voluntad salvífica universal de Dios (cf 1 Tm 2,4) y en la necesidad del Bautismo para la salvación (cf Mc 16,16).” (Catecismo de la Iglesia Católica, 1256).
Por lo tanto, “Este derecho de que cualquier persona bautice en caso de necesidad está de acuerdo con la tradición y práctica constante de la Iglesia. Tertuliano (De Bapt. Vii) dice, al hablar de los laicos que tienen la oportunidad de administrar el bautismo: ‘Será culpable por la pérdida de un alma, si se niega a conferir lo que puede hacer libremente’” ("Bautismo", Enciclopedia Católica)
¿Sabe cómo bautizar en casos de necesidad?
Según unas directivas de USCCB (Conferencia Episcopal de loa EE.UU.) derivadas del Catecismo de la Iglesia Católica:“Si no hay sacerdote disponible, cualquier persona con el uso de la razón y la intención requirida puede bautizar. El método ordinario de administrar un bautismo de urgencia es el siguiente: La persona que bautiza vierte agua sobre la cabeza de tal manera que fluirá sobre la piel, y, mientras el agua es vertido, debe pronunciar estas palabras de manera audible: ‘Yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo.’ La misma persona que vierte el agua debe pronunciar las palabras.” (“Ethical and Religious Directives for Catholic Health Facilities”,36)
Otras curiosidades sobre el bautismo de urgencia:
(de “Bautismo” en la Enciclopedia Católica)
Sobre el agua
“[…] lo que los hombres ordinariamente llaman agua, es materia bautismal válida, ya sea agua de mar, de fuente, o pozo, o estanque; ya sea clara o turbia; dulce o salada; caliente o fría; con color o transparente. El agua derivada de hielo derretido, nieve o granizo también es válido. Sin embargo, si el hielo, nieve o granizo no está derretido, no caen en la designación de agua. El rocío, agua sulfurosa o mineral, y aquella que se deriva del vapor, también son materia válida para este sacramento. En cuanto a la mezcla del agua y algún otro material, se considera materia adecuada, siempre y cuando el agua ciertamente predomine y la mezcla siga llamándose agua. Materia inválida es todo líquido que no sea llamado usualmente agua verdadera. Tales son aceite, saliva, vino, lágrimas, leche, sudor, cerveza, caldo, el jugo de frutas, y cualquier mezcla que contenga agua que los hombres no llamen agua. Cuando sea dudoso si un líquido puede realmente llamarse agua, no se permite su uso para bautismo excepto en el caso de absoluta necesidad cuando no se pueda obtener materia válida. Por otro lado, nunca se permite bautizar con un líquido inválido.”
Orden de preferencia de ministros
“El Ritual Romano agrega que, aún al conferir el bautismo en casos de necesidad, existe un orden de preferencia en cuanto a ministro. El orden es: si hay un sacerdote presente, se le prefiere sobre un diácono, un diácono a un subdiácono, un clérigo a un laico, y un hombre a una mujer, a menos que la modestia requiera (como en casos de parto) que nadie más excepto una mujer sea el ministro, o de nuevo, a menos que la mujer entienda mejor el método de bautizar. El Ritual también dice que el padre o la madre no deben bautizar a su propio hijo, excepto en peligro de muerte cuando no haya nadie más que pueda administrar el sacramento. Los pastores también son instruidos por el Ritual a enseñar a los fieles, y en especial a las comadronas, el método adecuado de bautizar. Cuando se administra un bautismo privado tal, las demás ceremonias son complementadas posteriormente por un sacerdote, si sobrevive el recipiente del sacramento.”
Relación entre el que bautiza y el bautizado
“Por último, debe notarse que, por ley de la Iglesia, la persona que administra el bautismo, aún en casos de necesidad, contrae una relación espiritual con el niño y con sus padres. Esta relación constituye un impedimento que haría que el matrimonio subsecuente con cualquiera de ellos fuera nulo e inválido a menos que se hubiese obtenido antes una dispensa.”
Demos gracias al Señor por el maravilloso don del Bautismo sacramental.Pregunta del día [Puede dejar su respuesta en los comentarios]: ¿Conoce a alguien bautizado en caso de urgencia?
Mañana: San Pablo Ermitaño – “en el Jordán”(Mc. 1, 9)