Aunque abre la puerta a que sea aprobado por el parlamento

El Tribunal Constitucional de Francia declara legal la prohibición del matrimonio homosexual

 

El Tribunal Constitucional de Francia determinó este viernes que la ley que prohíbe la unión de dos personas del mismo sexo está de acuerdo con la Constitución francesa. El Tribunal declaró, además, que la decisión de si el matrimonio gay debe ser legalizado o no le corresponde al parlamento y no a los jueces. El fallo era muy esperado en Francia, donde los colectivos homosexuales confiaban en que una sentencia favorable a sus intereses abriría la vía a la legalización de este tipo de uniones.

28/01/11 2:18 PM


 

(Agencias/InfoCatólica) El máximo órgano constitucional francés estima que no existe una discriminación en la ley vigente, que establece que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer. Con su decisión, el Consejo emplaza al Parlamento a modificar la ley si considera necesario legalizar ese tipo de uniones, aunque insiste en que la actual legislación no es anticonstitucional.

El tribunal opina que la ley actual no priva a los homosexuales del derecho constitucional a tener una vida familiar normal, puesto que tienen la opción de vivir “en concubinato” o constituir una pareja de hecho. “Ese derecho no implica que las parejas del mismo sexo puedan casarse”, señala el fallo, que insiste en que los artículos del Código Civil que precisan que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer no rompen el principio de igualdad, ya que el legislador es libre de establecer, si lo estima oportuno, una diferencia entre parejas homosexuales y heterosexuales.“No corresponde al Consejo Constitucional sustituir la apreciación del legislador sobre la toma en consideración, en este tema, de esa diferencia de situación”, concluye.

Con ello, el Constitucional francés sentencia que los artículos del Código civil 75 y 144 que excluyen la unión civil entre personas del mismo sexo son acorde a la Constitución. En la actualidad, además de en España -donde también está recurrida la norma al TC-, Bélgica, Gran Bretaña, Noruega, Suecia, Portugal, Islandia y Holanda autorizan este tipo de uniones, equiparándolas con el matrimonio.

La sentencia del Constitucional galo respondió a la demanda efectuada por dos mujeres que viven en conjunto hace 14 años, tienen cuatro hijos y se unieron a través de un Pacto civil de Solidaridad (Pacs). Este último, constituye un paso intermedio entre el concubinato y el matrimonio y es válido para homosexuales y heterosexuales.

El alto tribunal señala al Parlamento, al indicar que para avalar esta clase de uniones se tendría que proceder a una reforma de las leyes sobre familia. Añade así el máximo órgano jurisdiccional galo que el Parlamento podría variar esa proscripción, como ya ocurre en otros países vecinos.