Condena a los concertados a abonar el salario íntegro

Escuelas Católicas alerta del peligro de quiebra del régimen de conciertos

Advierte de que la Sentencia del TSJPV puede tener consecuencias impredecibles

Redacción, 15 de marzo de 2011 a las 12:03

 

Escuelas Católicas se manifiesta en contra de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 15 de febrero de 2011, que condena a los centros concertados a abonar el salario íntegro que fija el convenio colectivo del sector a pesar de haber visto reducida su financiación en lo que a gastos de personal se refiere.

La Sentencia del TSJ del País Vasco, al desvincular el módulo de conciertos fijado en la Ley de Presupuestos de las Tablas Salariales contenidas en el Convenio Colectivo, ha provocado una evidente alarma entre los titulares de los centros educativos, que denuncian la inseguridad jurídica generada y las gravísimas consecuencias económicas que pueden sufrir al tener que asumir el abono de los recortes económicos practicados unilateralmente por la Administración.

La situación que puede provocar la reciente sentencia viene a recrudecer el panorama económico que sufren los centros concertados, que reciben una financiación pública claramente insuficiente, como demuestra el hecho de que el Ministerio de Educación haya constituido la Comisión de Estudio del Módulo de Conciertos a fin de determinar el coste real del puesto escolar y adecuar el módulo a dicha realidad.

Escuelas Católicas discrepa de la interpretación dada por el TSJPV sobre otras vías de financiación alternativas de los centros concertados, ya que tanto las actividades como los servicios complementarios citados en la sentencia, tienen carácter voluntario y no lucrativo, y no tienen ninguna relación con el pago de salarios del personal que imparte las enseñanzas regladas declaradas gratuitas.

Asimismo, Escuelas Católicas considera improcedente que se condene en exclusiva a los titulares a compensar la rebaja unilateral de los módulos de concierto practicada por la Administración y ratificada por el Parlamento Vasco, cuando dichos titulares han respetado en todo momento las reglas del régimen de conciertos al firmar en 2009 unas Tablas Salariales dentro del marco de la Ley de Presupuestos de la CAPV. Si alguien no ha respetado dichas reglas es la Administración, al reducir la cuantía de las cantidades destinadas al personal, dentro del período de vigencia de los conciertos y sin mediar ningún tipo de denuncia al respecto. 

Por último, Escuelas Católicas, recuerda que habrá que esperar a la decisión del Tribunal Supremo, en contestación al recurso de casación interpuesto por Kristau Eskola, para conocer el alcance real de la sentencia del TSJPV, cuyas consecuencias pueden trascender del ámbito del País Vasco y afectar al futuro inmediato del resto de convenios colectivos de enseñanza concertada (nacional, catalán, educación especial, etc.). Mientras tanto, Escuelas Católicas seguirá trabajando porque sus centros puedan seguir ofreciendo una enseñanza de calidad a todos los alumnos que libremente los han elegido.