Dictamina que no fue cómplice principal de los mismos

La Iglesia no excomulga al P. Manel Pousa a pesar de haber pagado abortos

 

El Arzobispado de Barcelona no excomulgará al sacerdote Manel Pousa al considerar que no tuvo complicidad principal en los abortos que costeó, tras un proceso administrativo que puso en marcha el 15 de marzo a raíz de la biografía del conocido como Pare Manel. Según ha informado en un comunicado, el sacerdote no ha incurrido en la censura de excomunión 'latae sententiae' establecida por el Código de Derecho Canónico «por no haber concurrido en la intención del delito y por no haber tenido complicidad principal en los abortos, ya totalmente decididos y llevados a cabo por dos chicas en situación económica muy precaria».

18/04/11 7:22 PM


 

(EP/InfoCatólica) La institución apela tanto a las conclusiones del proceso administrativo -en el que participaron un vicario judicial emérito del Arzobispado, un vicario judicial y un miembro de su Tribunal Eclesiástico- como a un escrito de octubre de 2009 del secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, para quien "Pousa no parece haber incurrido en ninguna pena canónica".

Así lo ha comunicado a Pousa el cardenal arzobispo de Barcelona, S.E.R Lluís Martínez Sistach, y le ha emplazado a trabajar en favor de los más pobres "siempre de acuerdo con la enseñanza de la Iglesia, con su doctrina social y respetando toda vida humana desde su concepción hasta la muerte natural".

Nota del Arzobispado de Barcelona

A raíz de unas manifestaciones públicas de Mn. Manuel Pousa i Engroñat contenidas en un libro sobre su persona, el Sr. Cardenal Arzobispo, Dr. Lluís Martínez Sistach, el 16 de marzo de 2011 designó como delegado episcopal al Rvdo. Mn. Xavier Bastida Canal, vicario judicial emérito del Arzobispado, y a dos asesores, el Rvdo. Mn. Joan Benito Tolsau, vicario judicial del Arzobispado, y el Rvdo. Mn. Ramon Batlle Tomás, miembro del Tribunal Eclesiástico del Arzobispado, para realizar un procedimiento administrativo establecido por el canon 1341 del Código de Derecho Canónico.

Dado que estos miembros han concluido con la debida certeza que, a tenor del canon 1329, dicho sacerdote no ha incurrido en la censura de excomunión latae sententiae establecida por el canon 1398, por no haber concurrido en la intención del delito y por no haber tenido complicidad principal en los abortos ya totalmente decididos y llevados a cabo por dos chicas en situación económica muy precaria. De acuerdo con las conclusiones de este procedimiento administrativo, y dado el escrito del secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, de 15 de octubre de 2009, en el que decía que “este Dicasterio, después de haber examinado las respuestas transmitidas, considera que el Rvdo. Pousa no parece haber incurrido en ninguna pena canónica”, el Sr. Cardenal ha comunicado al citado sacerdote que no ha incurrido en esa censura latae sententiae, y reitera a Mn. Pousa que el trabajo que hace al servicio de los más pobres y marginados de la sociedad lo realice siempre de acuerdo con la enseñanza de la Iglesia, con su doctrina social y respetando toda vida humana desde su concepción hasta la muerte natural.

Barcelona, 18 de abril de 2011