Consecuencias de la ley de «muerte digna» andaluza

La Junta de Andalucía obliga a un hospital de Huelva a dejar de alimentar e hidratar a una paciente en coma

 

La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía ha obligado al hospital Blanca Paloma de Huelva, concertado, a retirar una sonda nasogástrica a una paciente del centro en aplicación de la Ley de Muerte de Digna, según han indicado a Efe fuentes del departamento. Ramona Estévez, la paciente sobre quien el Gobierno regional ha obligado al hospital Blanca Paloma de Huelva a aplicar la ley, se encuentra desde el pasado 26 de julio ingresada por un infarto cerebral al parecer irreversible.

24/08/11 11:13 AM


 

(Efe) Según adelanta hoy el diario español El País, fue el hijo de la paciente, José Ramón Páez, quien solicitó al centro la retirada de la sonda que le pusieron el 4 de agosto al entender que con ella “la habían convertido en una máquina”.

Esta situación vulneraba la voluntad que la paciente había transmitido para los últimos días de su vida, por lo que su hijo decidió, con ayuda de la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), interponer una queja ante la Consejería regional de Salud y el propio centro hospitalario, queja a la que el Gobierno andaluz respondió obligando al centro a retirarle la sonda.

Estévez ingresó el 26 de julio tras sufrir el infarto en el hospital público Juan Ramón Jiménez de Huelva donde los médicos, tras realizar un TAC, declinaron sondarla para “no martirizarla” porque “no sentía nada”.

Fue al ser trasladada al otro centro hospitalario cuando los médicos optaron por la sonda como medida necesaria para alimentarla indicando a la familia que lo contrario estaba castigado con el Código Penal, por lo que esta accedió.

José Ramón Páez, el hijo de Ramona Estévez, aseguró hoy sentirse “contento” por la aplicación de una norma que “se debe respetar”.

En declaraciones a Efe, Páez explicó que su madre, aunque no había hecho testamento vital, sí había expresado que ante una situación así “no quería que se la sondara”.

Ley autonómica vigente desde marzo del 2010

La Ley de Muerte Digna, que está vigente en la región andaluza desde marzo 2010 y es pionera en España, regula los derechos de los paciente durante la última etapa de su vida y las obligaciones de los médicos que les traten.

Expresamente, la ley regula la limitación del esfuerzo terapéutico, es decir que se retire o no se inicie un tratamiento en pacientes sin posibilidad de recuperación, y prohíbe el prolongar de manera “inútil” la vida, conocido como ensañamiento terapéutico.

En España la eutanasia y la ayuda al suicidio están penalizadas en el artículo 143 del Código Penal con penas que van desde los seis meses a los seis años de prisión.

El proyecto sobre la muerte digna que el Gobierno español aprobó el pasado 10 de junio no podrá ser ya tramitado en el Parlamento debido a la convocatoria electoral del 20 de noviembre.