26.12.11

Diez Mandamientos

RAZÓN DE LA SERIE:

Los Mandamientos de la Ley de Dios vienen siendo, desde que le fueron entregados a Moisés (Éxodo 20, 1-17) en aquella tierra inhóspita por la que deambulaban hacia otra mejor que los esperaba, una guía, no sólo espiritual, que el ser humano ha seguido y debe seguir. Quien quiera ser llamado hijo del Creador ha de responder afirmativa a Cristo cuando le diga, como al joven rico (Mc 10, 19) “ya sabes los mandamientos…” y ha de saber que todo se resumen en aquel “Quien ama, ha cumplido toda la ley” que dejara escrito San Pablo en su Epístola a los Romanos (13,8).

Por otra parte, los Mandamientos, doctrinalmente así se entiende, están divididos, o podemos así entenderlo, en dos grandes grupos: el primero de ellos abarca los tres primeros que son referidos, directamente a Dios y que se resumen en el “amarás a Dios sobre todas las cosas”; el segundo abarca el resto, 7, referidos, exactamente, a nuestra relación con el prójimo y que se resumen en el “amarás a tu prójimo como a ti mismo”.

Tenemos, pues, que traer a nuestra vida ordinaria, el espíritu y el sentido exacto de los 10 Mandamientos de la Ley de Dios para no caer en lo que San Josemaría refiere en “Amar a la Iglesia” (El fin sobrenatural de la Iglesia, 11) cuando escribe que “Se rechaza la doctrina de los mandamientos de la Ley de Dios y de la Iglesia, se tergiversa el contenido de las bienaventuranzas poniéndolo en clave político-social: y el que se esfuerza por ser humilde, manso, limpio de corazón, es tratado como un ignorante o un atávico sostenedor de cosas pasadas. No se soporta el yugo de la castidad, y se inventan mil maneras de burlar los preceptos divinos de Cristo.

Seamos, pues, de los que son llamados humildes, mansos y limpios de corazón y traigamos, aquí, el sentido que la norma divina tiene para nosotros, hijos del Creador. Sabemos lo que nos espera, en la vida eterna, en tal caso.

 

2º.- No tomarás el nombre de Dios en vano

No tomarás el nombre de Dios en vano

“Habéis oído también que se dijo a los antepasados: ‘No perjurarás, sino que cumplirás al Señor tus juramentos’. Pues yo digo que no juréis en modo alguno: ni por el ‘Cielo’, porque es ‘el trono de Dios’, ni por ‘la Tierra’ porque es ‘el escabel de sus pies’; ni por ‘Jerusalén’, porque es ‘la ciudad del gran rey’. Ni tampoco jures por tu cabeza, porque ni a uno solo de tus cabellos puedes hacerlo blanco o negro. Sea vuestro lenguaje: Sí, sí’; ‘no, no’: que lo que pasa de aquí viene del Maligno”.

Estas palabras (Mt 5, 33-37), Palabra de Dios Santo, dichas por Jesucristo en un momento en el que aleccionaba a sus discípulos acerca de lo que se decía que había que hacer y lo que, en realidad, se había que hacer y creer, encierran la verdad de lo que, sus discípulos, tenemos que tener en cuenta para nuestra vida espiritual y, en general, de comunión con nuestro prójimo. Pero, además o, mejor, sobre todo, hacen constar que el nombre de Dios es santo.

Dice Jorge Loring SI en su “Para Salvarte” (64, 1) que lo que “El segundo mandamiento prohíbe todo uso inconveniente del nombre de Dios” porque, en efecto, es muy común hacer tal cosa por parte de sus hijos sin darnos cuenta, la mayor parte de las veces, de lo que hacemos.

Por lo tanto, no podemos hacer uso del nombre de Dios de forma inconveniente. ¿Y cómo no conviene?

Con el siguiente pequeño examen nos podemos hacer una idea sobre la situación en la que, con relación al “No tomarás el nombre de Dios en vano” nos encontramos:

¿Has jurado con mentira o con duda? ¿Cuantas veces?

¿Has jurado vengarte? No te obliga y no debes cumplirlo.

¿Has jurado sin necesidad o por mala costumbre?

¿Has dicho blasfemias (contra Dios, la Hostia, la Virgen, los santos y las cosas sagradas)? ¿Cuantas veces? (Al año, al mes, a la semana…)

¿Has dicho palabras irreverentes, chistes irreligiosos?

¿Has dejado de cumplir, pudiendo, algún voto que hiciste o alguna promesa grave?

¿Has maldecido o echado imprecaciones?

Estas preguntas nos pueden servir, digamos, de aviso, para tratar de comprender el contenido esencial que tiene este segundo Mandamiento de la Ley de Dios porque, como pasa con el resto de normas que entregó a Moisés no basta con conocer la letra que contiene los preceptos divinos sino que resulta conveniente profundizar en lo que significa, en su totalidad, cada uno de ellos.

Al respecto de lo que ha de significar el Santo Nombre de Dios, el número 2143 del Catecismo de la Iglesia católica dice que

“Entre todas las palabras de la revelación hay una, singular, que es la revelación de su Nombre. Dios confía su Nombre a los que creen en El; se revela a ellos en su misterio personal. El don del Nombre pertenece al orden de la confidencia y la intimidad. ‘El nombre del Señor es santo’. Por eso el hombre no puede usar mal de él. Lo debe guardar en la memoria en un silencio de adoración amorosa (cf Za 2, 17). No lo empleará en sus propias palabras, sino para bendecirlo, alabarlo y glorificarlo (cf Sal 29, 2; 96, 2; 113, 1-2).”

Por lo tanto, no es cuestión, para un hijo de Dios, de que el Nombre de nuestro Padre se le revele como una característica más del Creador sino que se le confía el mismo porque es voluntad de Dios, en una unión tan especial como la que le une a su creación, que lo tenga como hermoso y gozoso don. Y por eso mismo no puede incurrir en determinadas formas de actuar que menosprecien a Quien le dio la vida porque quiso dársela porque Dios es santo y también su nombre lo es. Por eso, no se entienda que se trata, simplemente, de la unión de unas cuantas letras que conforman el Nombre sobre todo Nombre sino que cuando se pronuncian lo que se hace es mencionar a Dios, Uno y Trino. No extrañe, por lo tanto, que Jesucristo, al enseñar (cf. Lc 11.1) la oración de las oraciones (el Padre Nuestro) dijera “Santificado sea tu nombre…”.

Decíamos arriba que el contenido de los Mandamientos es profundo y que no basta con conocer la letra y no profundizar en los mismos. Así, por ejemplo, partamos de la base de que no tomar el nombre de Dios en vano tiene una vertiente positiva y otra negativa. Así, la positiva supone el hecho mismo de honrar el nombre de Dios y el de invocarlo.

Por ejemplo, esto se hace muy bien en el Libro de Job (1, 21) cuando se dice “¡Sea bendito el nombre de Yahvéh!”. Pero, sobre todo, se hace en los Salmos como por ejemplo, los que siguen:

Vuélvete Yahvéh, recobra mi alma,
sálvame por tu amor (Sal. 6, 5).

Bendeciré a Yahvéh en todo tiempo,
sin cesar en mi boca su alabanza, (Sal. 34, 3).

Engrandeced a Yahvéh conmigo,
ensalcemos su nombre todos juntos (Sal. 34, 4).

Espera en Dios: aún le alabaré,
¡salvación de mi rostro y mi Dios! (Sal. 42, 12).

Te doy gracias, Yahvéh, con todo el corazón,
porque tú has escuchado las palabras de mi boca (Sal. 138, 1).

Quienes no invocan el nombre de Dios le niegan el honor debido.
¿No son necios todos los agentes del mal
que comen a mi pueblo
que se comen el pan
y a Yahvéh no invocan? (Sal. 14, 4).

Por otra parte, la vertiente negativa supone no incurrir en aquello que supone contradecir lo positivo que tiene el segundo Mandamiento.

No tomarás el nombre de Dios  en vano

Por ejemplo, el hecho mismo de jurar no es que lo prohíba la Ley de Dios. De lo que está en contra es que no se haga con justicia, con verdad y con necesidad que son, digamos, las condiciones que debe cumplir todo juramento para no incurrir, en caso de que así no sea, en una falta contra el Nombre de Dios y, así, contra Dios mismo. De esto resulta que, como puede ser tan difícil estar en la total seguridad de no faltar a algunas de las condiciones… lo mejor es no poner el Nombre de Dios en solfa en ningún juramento.

No debemos, según lo aquí dicho, caer en el vicio de tener por costumbre jurar porque, como se dice en Si 23, 9-10 Al juramento no acostumbres tu boca, no te habitúes a nombrar al Santo. Porque, igual que un criado vigilado de continuo no quedará libre de golpes, así el que jura y toma el Nombre a todas horas no se verá limpio de pecado”.

Jurar, por lo tanto, por jurar no nos trae cuenta en nuestro anhelo de alcanzar la vida eterna que, si bien es entregada por Dios no por eso deja de ser importante demostrar que la tenemos como importante para nuestra futura existencia.

Pero existen otras muchas formas de desairar a Dios tomando su Santo Nombre en vano pues no vaya nadie a creerse que la capacidad pecadora del hijo de Dios es limitada sino que ha dado muestras, a lo largo de su historia de salvación, de tener al Creador no como Quien es sino como quien nos conviene que sea.

Existe, por ejemplo, la blasfemia, de la que dice el número 2148 del Catecismo de la Iglesia católica que

Blasfemar

La blasfemia se opone directamente al segundo mandamiento. Consiste en proferir contra Dios -interior o exteriormente - palabras de odio, de reproche, de desafío; en injuriar a Dios, faltarle al respeto en las expresiones, en abusar del nombre de Dios. Santiago reprueba a ‘los que blasfeman el hermoso Nombre (de Jesús) que ha sido invocado sobre ellos’ (St 2, 7). La prohibición de la blasfemia se extiende a las palabras contra la Iglesia de Cristo, los santos y las cosas sagradas. Es también blasfemo recurrir al nombre de Dios para justificar prácticas criminales, reducir pueblos a servidumbre, torturar o dar muerte. El abuso del nombre de Dios para cometer un crimen provoca el rechazo de la religión.

La blasfemia es contraria al respeto debido a Dios y a su santo nombre. Es de suyo un pecado grave (cf CIC can. 1396).

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Blasfemar es, por tanto, una forma muy contraria de manifestarse contra Dios. De la blasfemia dirá, además, Jesucristo que la que es contra el Espíritu Santo no se perdona (Lc 12, 10) y, a más abundancia, “será reo de pecado eterno” (Mc. 3, 28-28). Y esto porque, en realidad, aquella persona que blasfema no obtiene nada a cambio como cuando, por ejemplo, se roba o se hurta. Se blasfema, por lo tanto, porque se pretende dañar a Dios en su Santo Nombre y en su Misericordia y Amor infinitos. Por eso dice muy bien Jorge Loring SI (en el libro citado arriba) que “Si crees en Dios, comprenderás que es un disparate insultarle. Y si no crees, a quién insultas?” (64.2)

No debemos, pues, blasfemar y, aunque es cierto que se puede blasfemar sin darse cuenta no es menos cierto que debemos poner empeño en corregir tal forma de proceder porque, además, que un hijo de Dios blasfeme es ejemplo perverso que nadie debería recibir de tal persona.

Pero también peca contra el segundo Mandamiento de la Ley de Dios quien, habiendo hecho votos o promesas a Dios (como forma de refuerzo de lo que pedimos al Creador o cuando manifestamos agradecimiento) no las cumple porque pueda dar la impresión de que no tomamos en cuenta, de verdad y con franqueza, el Santo Nombre a Quien nos dirigimos.

No podemos olvidar que también se procede contra este Mandamiento cuando se usa de forma irreverente el nombre Dios cuando, por ejemplo, se hacen chistes o bromas acerca de las cosas sagradas y, aunque puede considerarse como venial tal proceder no es poco cierto que todo zaherimiento a Dios debería doler mucho a quien lo lleva a cabo.

Por lo tanto, según lo aquí traído quien pronuncia el Santo Nombre de Dios no puede hacer, luego, como si nada tuviera que ver el mismo con su vida ordinaria. Muy al contrario debe proceder quien se diga hijo de Dios y tenga a su Padre como Creador Omnipotente porque, al fin y al cabo, entre decir Dios y dar testimonio de su Amor no ha de haber separación ni de tiempo ni de actitudes.

Leer Primer Mandamiento: Amarás a Dios sobre todas las cosas.

Eleuterio Fernández Guzmán