3.02.12

 

Un bebé prematuro recibió el pasado 30 de enero una transfusión de sangre por orden judicial, a pesar de que sus padres, ambos testigos de Jehová, se oponían a la medida por sus creencias religiosas, según explicaba dos días después el diario argentino La Capital. La resolución fue tomada por el juez Marcelo Molina, del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5, quien respondió a un pedido de los médicos que trataban al bebé, internado en la sala de Neonatología del Hospital Español de Rosario (Argentina).

El magistrado se excusó de referirse al caso particular “por respeto a la intimidad de los padres”, aunque admitió que se trató del “tercer caso” de esas características en el que le tocó actuar desde que comenzó como juez, hace cuatro años. En las tres situaciones, detalló Molina, debió intervenir a solicitud de “los médicos tratantes o del propio efector” en el que los chicos se encontraban internados. Situaciones completamente diferentes a las que pueden darse ante la negativa a transfundirse por parte de mayores de edad.

En todos los casos en que intervino hasta ahora, dijo el juez, actuó a partir del criterio profesional acerca de que la transfusión constituía, si no el único recurso disponible, al menos el más eficaz y sobre todo el más rápido para resolver un problema grave de salud de los menores. Aunque no se trata de un protocolo formal, Molina afirmó que antes de tomar una medida de esa naturaleza “siempre” intenta entablar comunicación con los padres.

También sostuvo que, aunque por sus creencias religiosas los papás testigos de Jehová rechazan las transfusiones, en los casos concretos en que le tocó intervenir “nunca anunciaron que fueran a resistir la orden judicial” ni tampoco “la obstruyeron” de hecho, recordó. En la situación que se dio el pasado 30 de enero, el Tribunal Colegiado de Familia actuó por pedido de los neonatólogos del Hospital Español, cuyas autoridades también declinaron referirse al tema en resguardo de la privacidad de sus pacientes.

Del trámite judicial que culminó con la resolución de transfundir al bebé participaron, además del juez de Menores, el defensor general, Alberto Planas, “en representación de los intereses del niño”, explicó Molina, y la médica forense Marta Rodríguez Pujol, quien realizó diversas tareas de asesoramiento.

La Justicia adopta posiciones diferenciadas según se trate de mayores o menores de edad. Desde el punto de vista legal no se puede obligar a un testigo de Jehová que se encuentre en estado de lucidez a ser transfundido. Las excepciones son una embarazada con indicación precisa de transfusión, cuando se debe hacer una consulta urgente al juez para tutelar el derecho a la vida del feto, y frente a cuadros que involucren a menores de edad.

Para reforzar su argumentación, el magistrado agregó: “Se autorizó la transfusión en tanto y en cuanto los métodos alternativos no permitan salvar la vida del niño y, si la transfusión se debe hacer, se dispuso que se aplique por el menor plazo de tiempo posible y que luego se continúe con los métodos alternativos”, tal como leemos en Infobae. “El chico no puede expresar su voluntad, por lo tanto el tribunal debe preservar la vida del menor y aplicar la Convención del Niño”, concluyó Molina.

Se privilegió “el derecho del niño a la vida”. Así explicó el defensor general Alberto Plana, en diálogo con el programa ‘A diario’ de Radio 2, esta decisión de la Justicia. Plana dictaminó que había que responder afirmativamente a la petición de los médicos y luego salió la orden del magistrado. “Había una incompatibilidad entre los intereses del bebé y las creencias de sus papás. Se evaluó que la criatura estaba en situación de peligro y se resolvió en función del derecho a la vida, sin desmerecer las creencias religiosas”, afirmó Plana, en declaraciones recogidas por Rosario 3.

En febrero del 2011 se instaló una polémica sobre hasta qué punto se deben respetar las decisiones del paciente por credo. El caso que la originó fue el de un hombre de 36 años, testigo de Jehová, que fue víctima de un accidente en moto, rehusó una transfusión de sangre y murió a pesar de que su hermana recurriera a la Justicia, según informa Notiexpress.

“Hace un par de años que existe en la Salud local mucho más respeto por las decisiones del paciente. En esto fue fundamental la ley de Protección del Paciente (octubre del 2009)”, aseguró en ese momento el doctor Lelio Mangiaterra, que estaba a cargo de la Secretaría de Salud municipal. Para el ex-funcionario, se deben respetar las decisiones basadas en credos. “El criterio de respeto es necesario para no caer en el encarnizamiento cuando el paciente no tiene posibilidad de recuperar un estado de vida”, sostuvo Mangiaterra