Se ha publicado en esta mañana del jueves 11 de julio la Carta Apostólica en forma de Motu Proprio del Papa Francisco sobre la jurisdicción de los órganos judiciarios del Estado de la Ciudad del Vaticano en materia penal cuyo texto ofrecemos a continuación en la versión integral.
“En nuestro tiempo, el bien común está cada vez más amenazado por
la delincuencia transnacional y organizada, por el uso indebido
del mercado y de la economía, así como por el terrorismo.
Por tanto, es necesario que la comunidad internacional adopte
instrumentos jurídicos adecuados que permitan prevenir y combatir
la delincuencia, favoreciendo la cooperación judicial
internacional en materia penal.
La Santa Sede, actuando también en nombre y por cuenta del Estado
de la Ciudad del Vaticano, siempre ha afirmado en la ratificación
de varios convenios internacionales en dicho ámbito, que esos
acuerdos constituyen los medios para contrastar con eficacia las
actividades delictivas que amenazan la dignidad humana, el bien
común y la paz.
Deseando ahora reafirmar el compromiso de la Santa Sede de
cooperar en estos fines, con la presente Carta Apostólica en forma
de Motu Proprio dispongo que:
1. Los órganos judiciarios competentes del Estado de la Ciudad del
Vaticano ejerzan jurisdicción penal también en orden:
a) a los delitos cometidos contra la seguridad, los intereses
fundamentales o el patrimonio de la Santa Sede;
b) a los delitos que se indican:
- en la Ley del Estado de la Ciudad del Vaticano n. VIII, del 11
de julio 2013, por la que se establecen las Normas complementarias
en materia penal;
- en la Ley del Estado de la Ciudad del Vaticano n. IX, de 11 de
julio 2013, por la que se establecen las Enmiendas al Código Penal
y al Código de Procedimiento Penal;
cometidos por las personas mencionadas en el apartado 3, en
relación con el desempeño de sus funciones;
c) a cualquier otro delito cuya represión sea requerida por un
acuerdo internacional ratificado por la Santa Sede, si el autor se
encuentra en el Estado de la Ciudad del Vaticano y no es
extraditado al extranjero.
2. Los delitos mencionados en el apartado 1 serán juzgados de
acuerdo a la ley vigente en el Estado de la Ciudad del Vaticano en
el momento de su comisión, sin perjuicio de los principios
generales del ordenamiento jurídico relativos a la aplicación de
las leyes penales en el tiempo.
3. A los efectos de la ley penal del Vaticano son equiparados a
“funcionarios públicos”:
a) los miembros, los funcionarios y empleados de los distintos
organismos de la Curia Romana y de las Instituciones vinculadas a
ella;
b) los legados papales y el personal con rol diplomático de la
Santa Sede;
c) las personas que ejerzan funciones de representación, de
administración o de dirección, así como los que ejercen, también
“de facto”, la gestión y el control de las entidades que dependen
directamente de la Santa Sede inscritas en el registro de las
personas jurídicas canónicas en la Gobernación Estado de la Ciudad
del Vaticano;
d) cualquier otra persona titular de un mandato administrativo o
judicial en la Santa Sede, con carácter permanente o temporal,
remunerado o gratuito, cualquiera que sea su nivel jerárquico.
4. La jurisdicción a que se refiere el apartado 1 se hace
extensiva también a la responsabilidad administrativa de las
personas jurídicas derivada de delito, como está disciplinado por
las leyes del Estado de la Ciudad del Vaticano.
5.En el caso de que se proceda por el mismo delito en otros
estados, se aplicarán las normas sobre el concurso de jurisdicción
en vigor en el Estado de la Ciudad del Vaticano.
6. Permanece cuanto dispuesto en el art. 23 de la Ley núm. CXIX de
21 de noviembre 1987 que aprueba el Ordenamiento Jurídico del
Estado de la Ciudad del Vaticano.
Esto decido y establezco, no obstante cualquier disposición
contraria.
Establezco que la presente Carta Apostólica en forma de Motu
Proprio sea promulgada mediante la publicación en L’Osservatore
Romano, y entre en vigor el 1 de septiembre de 2013.
Dado en Roma, en el Palacio Apostólico, el 11 de julio de 2013,
primero de mi Pontificado