Decisión de la Corte de Apelaciones

Malasia: los no musulmanes no podrán usar la palabra Alá para referirse a Dios

 

La justicia malaya ha dictado que el uso de la palabra 'Alá' es derecho exclusivo de los musulmanes y no puede ser pronunciada por representantes de otras confesiones, especialmente por los cristianos. La Corte de Apelaciones dejó sin validez este lunes la sentencia de 2009 que confirmaba el derecho de la versión en malayo del semanal católico 'The Herald' de utilizar la palabra 'Alá' en referencia a Dios.

14/10/13 1:40 PM


(Actualidad.rt) «El uso de la palabra Alá no es una parte de la fe cristiana. El uso de esta palabra causará confusión en la comunidad», argumentó el presidente del tribunal, el juez Mohamed Apandi Ali, la decisión de la corte, que sienta precedente legal.

La historia se remonta a 2008, cuando las organizaciones musulmanas de Malasia, respaldadas por el Ministerio del Interior, trataron de defender la exclusividad musulmana del término 'Alá'. Sin embargo, en 2009 la justicia del país emitió una sentencia histórica a favor de la Iglesia católica y su derecho de utilizar el término. No obstante, el Ministerio del Interior no tiró la toalla y en enero de 2010 apeló la sentencia.

Recurso ante la Corte Federal

The Herald dice ahora que llevará el caso a la Corte Federal de Malasia, órgano judicial supremo del país. Su defensa insiste en que la prohibición no tiene sentido, ya que la palabra 'Alá' es anterior al islam y es usada por la comunidad cristiana en la parte malaya de Borneo desde hace siglos, tanto en las traducciones de la Biblia, como en literatura y canciones. Las iglesias de los estados de Sabah y Sarawak, de la isla de Borneo, por su parte, afirman que continuarán usando la palabra a pesar de la sentencia judicial.

Según las cifras oficiales, los cristianos representan el 9,1% de la población malasia. Otras minorías religiosas importantes en el país, donde los musulmanes son mayoría (el 60,4%), son los budistas (el 19,2 %) y los hinduistas (el 6,3%), entre otros. En principio, la Constitución garantiza la libertad de culto, pero el islam es la religión oficial. Es decir, que los no musulmanes deben seguir las decisiones de los tribunales islámicos en temas como el matrimonio, la herencia, la apostasía o la custodia. La justicia civil, incluida la máxima instancia de la Corte Federal, no puede ir en contra de una decisión emanada de una corte islámica.