26.06.14

 

La Justicia de Rosario (Argentina) ordenó que se le practique una transfusión y una intervención quirúrgica a una niña de 10 años que padece un cáncer y cuyos padres se negaban al tratamiento por formar parte de los testigos de Jehová. Lo cuenta el medio argentino La Prensa. La noticia llega justo después de conocer que en la zona de Buenos Aires un juez ordenara la transfusión de sangre a unos gemelos recién nacidos que se encontraban con el mismo problema.

Fuentes judiciales informaron el pasado 23 de junio de que la medida fue adoptada por el juez de Familia de esta ciudad Ricardo Dutto, a raíz de una presentación que hicieron los médicos del Sanatorio de Niños, cuando los padres les prohibieron transfundir sangre a la niña, que padece un osteosarcoma de fémur.

Además, el magistrado, en su resolución, intimó a los padres a ejercer su responsabilidad haciéndose presentes en la clínica “vigilando y cuidando a su hija”, porque de lo contrario, les advirtió, la niña será considerada en estado de abandono y notificará esa situación a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia.

Dutto envió su resolución también al fiscal de turno para que investigue si los padres cometieron algún delito vinculado con el cuidado de la niña. “El Estado puede y debe inmiscuirse en la vida privada de estos progenitores priorizando la ciencia por sobre la conciencia, cuando se trata de salvaguardar la vida de su hija menor, más allá del credo religioso o de la ideología en virtud de la cual se intente justificar el hecho” de impedir el tratamiento médico, sentenció el magistrado.

En la resolución, Dutto consideró, además, que la patria potestad “es reconocida por la ley para la protección y formación integral de los hijos”, pero consideró que es “contrario a los fines” de esa norma cuando se intenta “impedir” que un hijo “reciba un tratamiento médico adecuado".

Por otra parte, sugirió que la pequeña se habría manifestado contraria a recibir un tratamiento a causa de sus creencias, al advertir que “existe el derecho a ser escuchado de todo niño, consagrado en la ley de derechos del paciente”. Pero relativizó esa “la posibilidad de participar en la toma de decisión” de la niña porque “debe ser valorada teniendo en cuenta la capacidad de comprensión de un menor de 10 años”, subrayó.