21.08.14

¡Qué cosas pasan en México!

A las 12:01 AM, por Eleuterio
Categorías : General, Defender la fe

Virgen de Guadalupe

A lo largo de la historia mexicana de los últimos dos siglos, los hermanos mexicanos han tenido que sufrir y soportar mucho. Y nos referimos a los hermanos en la fe, a los católicos, pues es más que conocido que ha habido muchos (des)gobiernos que han atacado a la Esposa de Cristo de muchas y diversas maneras.

Sólo por recordar ahora, es más que conocido que en los años veinte del siglo XX tuvieron que envalentonarse y no arredrarse ante la desvergonzada actitud de un Ejecutivo masónico y malvado que consiguió (seguramente creía que iba a salir victorioso de la cosa) la afamada “Guerra cristera” que de tan buena forma recordamos siempre que es necesario.

Es importante saber, a este respecto, que quien no se viene abajo, en materia de fe y de creencias, suele salir ganando de determinadas situaciones y que pactar con el Diablo es pactar con el Príncipe de este mundo.

Es cierto que, desde entonces, deberían haber cambiado mucho las cosas pero el hombre tiene fijaciones que, cuando son enfermizas, pueden producir situaciones un tanto extrañas.

Alguien dijo aquello de que “los sueños de la razón producen monstruos”. Sin embargo, en este caso particular bien podemos decir que los sueños de la sinrazón producen cosas, verdaderamente, lamentables.

Tengo que decir que cuando he leído la noticia de la que aquí escribo no podía dar crédito a lo que estaba leyendo. Pero, al parecer es cierto porque, de entrar en vigor determinada norma mexicana, la Iglesia católica de aquella nación hermana se va a ver en un grave aprieto.

Ahora no se trata de impedir que se celebren Santas Misas o de que un sacerdote no pueda ir por la calle ataviado de su vestimenta que lo identifique como tal (realidad que, por otra parte, no sé si sigue en vigor en México) o de cosas muy propias de repugnantes dictaduras masónicas o comunistas. No. De lo que se trata ahora es de ahogar económicamente a la Iglesia católica mexicana que no debe ser de las más acaudaladas del mundo.

Es difícil, y lo digo con franqueza, no proferir insultos (bien merecidos) que ahora mismo pondría aquí. Ya sabemos que debemos actuar con caridad y, al menos, evitar ciertas cosas está la mar de bien. Sin embargo, no podemos callar ante esto.

Sabemos que los Estados Unidos Mexicanos son una nación eminentemente católica y que así lo ha demostrado a lo largo de los siglos y, sobre todo, en aquello a lo que hemos hecho referencia arriba y que honra a creyentes tan grandes y gloriosos que bajo la advocación de la Virgen de Guadalupe supieron dar su sangre por su fe. Y eso ha de ser, siempre, tenido en cuenta.

Pues bien, ante esto y ante lo mucho que ahora no decimos porque quedaría la cosa un tanto extensa, el Gobierno mexicano ha tenido la “brillante” idea de (se ha escrito en esta misma casa)

“fiscalizar las limosnas, los diezmos, las primicias y todas las caridades que los fieles hacen de ordinario tanto para el culto como para la obra social que la propia Iglesia lleva a cabo en el país.”

¡Esto no es broma! o, mejor, ¿Es esto una broma?

Seguramente, los mexicanos católicos, acostumbrados a lo que deben estar padeciendo, en cuanto a su fe, desde hace demasiados años, sabrán que no es broma sino, en todo caso, como diría la argentina Mafalda, “el continuar del empezose”. Es decir, que es una más de las que se hacen desde los poderes más poderosos para tratar de limitar la actividad de la Esposa de Cristo.

Pero es que (también se ha apuntado en esta casa)

“La Iglesia católica tendría que expedir facturas electrónicas de las limosnas”.

Conferencia Episcopal Mexicana

Y, ante esto, desde la Conferencia del Episcopado Mexicano no se ha tenido más remedio que publicar una nota (12 de agosto de 2914) de este tenor:

“COMENTARIO DE LA SEGECEM SOBRE EL RÉGIMEN FISCAL PARA LAS ASOCIACIONES RELIGIOSAS

Considerando las diversas opiniones que se han suscitado sobre el Régimen Fiscal para las asociaciones religiosas, parece oportuno ofrecer algunas aclaraciones y comentarios:

1. Después de las reformas constitucionales de 1992, las agrupaciones de carácter religioso que han obtenido reconocimiento jurídico como asociaciones religiosas, han estado sujetas a un Régimen Fiscal específico a partir de 1994, por el que están inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes; presentan su Declaración Fiscal Anual e informativa y cumplen con sus obligaciones fiscales mensuales, informando también de las retenciones por concepto de salarios o pagos por servicios recibidos de personas terceros independientes.

2. Al igual que otras personas morales sin fines de lucro, las asociaciones religiosas están exentas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por los ingresos propios recibidos de sus miembros y que obtengan como consecuencia del desarrollo del objeto señalado en sus estatutos (limosnas, diezmos, donativos, etc.), siempre y cuando se apliquen a los fines religiosos.

3. En cambio, las asociaciones religiosas pagan el ISR por los ingresos que resulten de actividades diversas de su objeto, así como de intereses, premios, la utilidad en la venta de bienes inmuebles por los que obtengan un beneficio y la prestación de servicios a personas distintas de sus miembros.

4. Luego de la Reforma Fiscal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el Régimen Fiscal para las asociaciones religiosas del año 2014. Ahora, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado una resolución por la que establece las modificaciones siguientes:

a) Que durante lo que resta de 2014 las asociaciones religiosas continúen cumpliendo como lo venían haciendo en 2013.

b) Que a partir de enero de 2015 inicien la contabilidad electrónica, la emisión de facturas electrónicas, de pagos de nómina electrónica para ser deducibles, constancias de retenciones o de pago de servicios tradicionales con sello digital del SAT.

c) Que tratándose de iglesias ubicadas en localidades con menos de 2,500 habitantes, el cumplimiento sea semestral y que podrá hacerse por diócesis o similar.

d) Que se brindarán talleres de capacitación y asesoría para que estén en posibilidad de adoptar a la brevedad posible el esquema electrónico.

5. Como ya lo han expresado diversas asociaciones religiosas de diferentes denominaciones, también numerosas asociaciones religiosas católicas, al tiempo de refrendar su firme compromiso de seguir cumpliendo con sus obligaciones fiscales, han manifestado su preocupación por las dificultades humanas, económicas y geográficas para adoptar el esquema electrónico.

6. Por lo anterior, considerando que las modificaciones fiscales van más allá de un simple cambio de forma, parece oportuno continuar y profundizar el diálogo para que las autoridades recaudatorias tengan un conocimiento más preciso sobre la naturaleza y realidad de las asociaciones religiosas, a fin de establecer mecanismos que faciliten a éstas el cumplimiento puntual de sus obligaciones fiscales, como ya lo vienen haciendo.”

Digo yo que, ya de paso, se podría exigir a los menesterosos que piden por las calles que expidieran una factura electrónica cuando un dadivoso ciudadano les ofreciera su limosna.

¿A que esto es absurdo? Pues mucho más lo es que se pretenda (esperemos que tan ridícula norma no entre nunca en vigor) hacer eso con quien subsiste de lo que puedan entregar, con su óbolo, los sufridos fieles mexicanos.

Por otra parte, querer fiscalizar la caridad es algo que está fuera de lugar. Aunque, claro, a lo mejor ciertas personas eso no lo comprenden y hay que pedir a Dios por ellas para que les abra el entendimiento y quite el velo que tienen en los ojos y en el corazón

Sin embargo, ante esto que se le viene encima a la Iglesia católica mexicana no puede, la misma, arrugarse como frijoles viejos.

Y eso bien que lo saben en México.

Eleuterio Fernández Guzmán