«Confiamos en que nuestra petición sea atendida»

Piden presentar recurso de inconstitucionalidad contra la ley catalana que obliga a promover la homosexualidad en la escuela

 

La presidenta de Profesionales por la Ética, Leonor Tamayo, ha escrito a la Defensora del Pueblo para solicitarle que interponga recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 11/2014, de 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia.

14/12/14 9:18 PM


(PPE/InfoCatolica) Esta ley fue aprobada por el Parlamento de Cataluña y, a juicio de Profesionales por la Ética, presenta serias dudas de constitucionalidad, al menos en lo que se refiere a educación. En primer lugar, se define coeducación como «la acción educativa que potencia la igualdad real de oportunidades y la eliminación de cualquier tipo de discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género».

A partir de esta premisa, la ley obliga a aplicar este peculiar concepto de coeducación que consiste en incorporar una «valoración positiva de la conducta homosexual» en los currículums, recursos formativos e itinerarios de formación de todo el alumnado, en los materiales escolares, en el plan de acción tutorial y reglamentos de convivencia de los centros, etcétera. Incluso se tiene que promover la diversidad afectiva y sexual en el sistema educativo no obligatorio que comprende, entre otros, las actividades deportivas escolares, las actividades de ocio, etc.

Por tanto, para la ley catalana, la proyección en el ámbito educativo de la perspectiva homosexual (denominada LGBT en la ley) no tiene por objeto evitar un trato injusto hacia las personas que hagan actas homosexuales, sino que toda la comunidad educativa tiene que asumir este comportamiento como una cosa valiosa.

A juicio de Profesionales por la Ética, la promoción de la valoración positiva de una conducta es incompatible con la neutralidad ideológica exigible a los centros docentes de carácter público, pues en los mismos queda prohibida cualquier forma de adoctrinamiento ideológico, «que es la única actitud compatible con el respeto a la libertad de las familias», como recoge la jurisprudencia del propio Tribunal Constitucional.

En segundo término, esta Ley vulnera el derecho de los padres a elegir la formación moral que quieren para sus hijos. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha señalado que la inserción en la educación reglada de contenidos que afecten al ámbito de la sexualidad, para respetar el derecho de los padres, no puede estar dirigida a «preconizar un comportamiento sexual determinado» ni a «exaltar el sexo ni a incitar a los alumnos a dedicarse precozmente a prácticas peligrosas para su equilibrio, su salud o su futuro, o reprensibles para muchos padres». El mismo Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha afirmado que los padres deben participar para controlar el contenido de la educación sexual que reciben sus hijos, pues a ellos les incumbe prioritariamente asegurar su educación y enseñanza.

En tercer lugar, la norma aprobada en el Parlamento de Cataluña, afecta a la libertad de cátedra de los docentes y contradice la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que habilita a los profesores a resistirse a cualquier mandato de dar a su enseñanza una orientación ideológica determinada.

Por último, la imposición de la ideología LGBT incluida en la norma catalana vulnera el derecho de los centros docentes de iniciativa social a dotarse de un ideario, en la medida en que dichos centros quedan obligados a asumir unos contenidos que pueden ser incompatibles con el mismo. El propio Tribunal Constitucional reconoció a los centros de iniciativa social el derecho a disponer de un ideario que afectase a los principios religiosos y morales de la educación, al ámbito pedagógico y «a los distintos aspectos de su actividad», con el único límite del marco de los principios constitucionales, del respeto a los derechos fundamentales, del servicio a la verdad, a las exigencias de la ciencia y a las restantes finalidades necesarias de la educación.

A juicio de Alicia Rubio, portavoz de Libres para Educar, una iniciativa de Profesionales por la Ética, «esta ley contiene suficientes elementos como para plantear un recurso ante el Tribunal Constitucional y la única vía que tenemos como ciudadanos y asociación, es instar a la Defensora del Pueblo a que presente el correspondiente recurso. Confiamos en que nuestra petición sea atendida».

El texto completo del escrito enviado a la Defensora del Pueblo se puede encontrar pinchando en escritodefensoradelpueblo