No es cierta la información publicada esta semana

El obispo de Sant Feliu no avala el deseo de la monja Forcades de retirarse temporalmente para dedicarse a la política

 

Fuentes de la diócesis de Sant Feliu han desmentido a InfoCatólica que su obispo, Mons. Agustín Cortes, se haya manifestado a favor de permitir a Sor Teresa Forcades, monja benedictina, abandonar temporalmente el monasterio de San Benet de Llobregat, para concurrir a las elecciones autonómicas de Cataluña del 27 de septiembre. Igualmente han manifestado desconocer cuáles pueden ser las fuentes cercanas a la religiosa que han afirmado la existencia de esa supuesta aprobación.

10/06/15 6:47 PM


(InfoCatólica) La agencia Efe publicó hace un par de días una información en la que, citando fuentes cercanas a la religiosa benedictina Teresa Forcades, la monja dejaría el convento de las benedictinas de Sant Benet de Montserrat, con permiso del Vaticano y del obispo de Sant Feliu de Llobregat, Mons. Agustín Cortés.

La exclaustración supuestamente autorizada por el Vaticano y por el obispo, significaría que Forcades no dejaría de ser religiosa, como hubiese sucedido con una dispensa de los votos religiosos, y que podría regresar al convento cuando finalice el plazo de un año prorrogable hasta tres.

Desde el entorno de Mons. Cortés se ha desmentido a InfoCatólica tal información, al menos en cuanto a la parte que habla del supuesto apoyo del obispo a las intenciones de la religiosa, aunque no se descarta que haya algún comunicado oficial en caso de producirse la incorporación a una lista electoral por parte de la hermana Forcades. 

Código de derecho canónico, sobre la exclaustración de religiosos

686 § 1. El Superior general, con el consentimiento de su consejo, puede conceder por causa grave el indulto de exclaustración a un profeso de votos perpetuos, pero no por más de un trienio, y habiendo obtenido previamente, si se trata de un clérigo, el consentimiento del Ordinario del lugar en el que debe residir. Prorrogar ese indulto o concederlo por más de un trienio se reserva a la Santa Sede o, cuando se trata de un instituto de derecho diocesano, al Obispo diocesano.

§ 2. Es de competencia exclusiva de la Sede Apostólica conceder indulto de exclaustración a las monjas.