El caso de Marcelo Diez, que murió ayer

Argentina: «El fallo de la Corte autoriza una práctica claramente eutanásica»

 

El presbítero Rubén Revello, director del Instituto de Bioética de la Universidad Católica Argentina (UCA), advirtió que «autoriza una práctica claramente eutanásica» el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que reconoce el derecho a la «muerte digna» de un hombre en estado vegetativo y autoriza que sea desconectado de los aparatos que lo mantienen artificialmente con vida.

8/07/15 11:43 AM


(AICA) «La Suprema Corte de Justicia acaba de emitir una sentencia que contradice el primer principio de la lógica: algo no puede ser verdadero y falso al mismo tiempo y en el mismo sentido. Pero en nuestra amada Argentina todo puede ser posible, aun la aprobación e implementación de una ley que veda las prácticas eutanásicas -el fallo aclara que ¨no se trata de un caso de eutanasia¨-, pero autoriza a retirar la hidratación y la alimentación que se siguen proporcionando (producen el efecto terapéutico deseado en el paciente), con lo cual autoriza una práctica claramente eutanásica», advirtió el presbítero Rubén Revello, director del Instituto de Bioética de la Universidad Católica Argentina, en un artículo publicado en el diario La Nación.

La decisión fue firmada por tres de los cuatro magistrados del máximo tribunal en el caso de Marcelo Diez, quien murió ayer horas después de conocer el fallo que aclara que la autorización del retiro del soporte vital del joven «no implica una práctica eutanásica» reñida con la ley vigente, sino que constituye una «abstención terapéutica» permitida legalmente.

Texto del artículo

La Suprema Corte de Justicia acaba de emitir una sentencia que contradice el primer principio de la lógica: algo no puede ser verdadero y falso al mismo tiempo y en el mismo sentido. Pero en nuestra amada Argentina todo puede ser posible, aun la aprobación e implementación de una ley que veda las prácticas eutanásicas -el fallo aclara que «no se trata de un caso de eutanasia»-, pero autoriza a retirar la hidratación y la alimentación que se siguen proporcionando (producen el efecto terapéutico deseado en el paciente), con lo cual autoriza una práctica claramente eutanásica.

Se entiende por eutanasia toda acción u omisión (tal es este caso) que por su naturaleza y en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor. Bajo un aparente acto de piedad con el paciente, se interviene eliminándolo...

Es comprensible el dolor de su entorno, los costos personales y aun económicos, pero nada justifica eliminar una vida. La eutanasia, aunque no esté motivada por el rechazo egoísta de hacerse cargo de la existencia del que sufre, debe considerarse una falsa piedad; más aún, una preocupante «perversión». La verdadera «compasión» hace solidarios con el dolor de los demás y no elimina a la persona cuyo sufrimiento no se puede soportar. El gesto de la eutanasia aparece aún más perverso si lo hacen quienes deberían asistir con paciencia y amor a su allegado, o por quienes -como los médicos-, por su profesión, deberían cuidar al enfermo, aun en las condiciones terminales más penosas.

La muerte digna, contrariamente, es permitir