Tribunas

El retorno de la clase de Religión

José Francisco Serrano

La clase de Religión vuelve cíclicamente al escenario público. La regulación, y desarrollo, por parte de las Comunidades Autónomas está produciendo dos fenómenos: una añadida complejidad y una no menor inseguridad jurídica. El caso paradigmático es la enseñanza de la Religión en primero de Bachillerato, pro la obligatoriedad en la oferta y en las condiciones adecuadas. Al margen quedan los asuntos referidos a las horas de impartición, horarios, etc.

Curiosamente, la batalla legal, por utilizar términos clásicos, la están llevando algunos obispos. Sorprende que la Conferencia Episcopal en conjunto no haya tomado iniciativas públicas al respecto, aunque, es cierto, que ofrece cobertura jurídica interna, asesoramiento, vamos. Otra cuestión es el hecho de que las competencias están transferidas a las Comunidades. La Conferencia Episcopal podría intervenir en los casos del territorio MEC. Es decir, Ceuta y Melilla.

Con las primeras resoluciones de los Tribunales Superiores de Justicia, favorable por la suspensión en Baleares, y negativa en Asturias, se ha iniciado un proceso que no parece tenga un claro final.

La peculiaridad de Asturias está en el apoyo público que a las iniciativas del Arzobispado le han brindado los padres y los profesores de religión. Un apoyo que se ha hecho sentir en la sociedad asturiana frente a la cerrazón, nada favorable a la asignatura, de los responsables educativos del Principado.

El recurso asturiano contra el Decreto 42/2015, de 10 de junio, del Gobierno del Principado de Asturias, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de Bachillerato en el Principado de Asturias y contra el Decreto de Secundaria, tiene la pretensión de proteger los derechos fundamentales de “igualdad y no discriminación, el derecho fundamental de libertad religiosa y el derecho fundamental que asiste a los padres para que sus hijos reciban la educación religiosa y moral conforme a sus propias convicciones (art. 14, 16 y 27.3 de la Constitución Española)”.

Los motivos son: en 2º de Bachillerato no se oferta la asignatura; en 1º de Bachillerato se oferta de tal manera que imposibilita su libre elección, además de su carga horaria ínfima; en la ESO es discriminada por su horario, mínimo, respecto a las demás asignaturas homólogas; y el Decreto de Secundaria no desarrolla la posibilidad de doble elección (Religión y Valores Cívicos), que la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) contempla.

Reivindicaciones, todas ellas, de libro.

José Francisco Serrano Oceja