Por su interés y actualidad, publicamos la Nota del obispado de Lugo ante los acuerdos sobre “Aconfesionalidad” adoptados por la Corporación Municipal de Lalín.  Nos aportan luz y criterio para argumentar ante quienes entienden de forma sectaria lo que significa ser un “Estado aconfesional”.

Recientes acuerdos adoptados por la Corporación municipal de Lalín han puesto en cuestión la legitimidad de sus relaciones tradicionales con la Iglesia católica en nombre de la “aconfesionalidad” del Estado, tal como la entienden algunos grupos o partidos políticos.

Esta toma de posición no se refiere solo a la  participación en algunos actos o iniciativas concretas, sino que determina radicalmente la relación entre nuestras instituciones políticas y la vida de nuestra sociedad, de la que forma parte y es también expresión la Iglesia.

Es ésta una cuestión importante para los fieles cristianos, para las parroquias de Lalín, y para todos los que vivimos en una sociedad democrática.

La “aconfesionalidad” o “laicidad” del Estado significa que éste, en sus responsables e instituciones, no hace propia ninguna religión o ideología ni, por tanto, las impone a sus ciudadanos; al contrario, respeta las diferentes convicciones existentes en la sociedad, y colabora con ellas en la promoción del bien común.

Esto está bien expresado en el art. 16 de nuestra Constitución, que defiende la libertad de todos afirmando la no confesionalidad del Estado e, igualmente, comprende el valor de la relación con una parte tan significativa en nuestra sociedad como es la Iglesia católica (art 16 §3).

Reconocer la presencia de la Iglesia y de los cristianos en los diferentes ámbitos de la vida de la sociedad no es otorgarle privilegio alguno. Es lo justo en un Estado llamado a defender la libertad y los derechos de todos.

Es contrario a la Constitución y a la democracia menoscabar estos derechos por tratarse de cristianos. Del mismo modo, es claramente contrario a las libertades constitucionales que el Estado intente expulsar del ámbito público a la Iglesia.

Las relaciones del Ayuntamiento y las diferentes parroquias católicas se sitúan desde hace muchos años en este marco constitucional. Se reconoce así el significado de las parroquias en nuestra tierra: no solo fiestas, toponimia, patrimonio cultural y artístico, sino, y sobre todo, lugares donde se viven muchos de los valores morales que han conformado la historia y la cultura del pueblo gallego. Respetarlas y valorarlas como expresión importante del pueblo es propio de la responsabilidad política.

Por todo ello, no hay razón alguna para discriminar iniciativas parroquiales solamente por el hecho de ser cristianas. Tampoco para eliminar otras expresiones públicas de la presencia de los cristianos en la tradición y la vida de nuestra sociedad.

No puede invocarse la “aconfesionalidad” de nuestras instituciones políticas para pretender expulsar de lo público a las instituciones religiosas. Así se corre el riesgo de que un sano concepto de “aconfesionalidad” se convierta en una especie de religión de Estado, es decir, en un ateísmo más o menos abiertamente declarado. Por eso, no es de razón que quienes están destinados a garantizar el respeto y la promoción de su pueblo intenten destruir las expresiones de las convicciones más hondas de los ciudadanos.

La Iglesia no busca privilegios. Cumple con sus obligaciones fiscales y de ciudadanía.  Y desea colaborar con las instituciones políticas –en particular con el Ayuntamiento– en libertad y cordialidad, para el bien, en este caso, del pueblo de Lalín.

Creemos que de este modo defendemos la libertad de todos y la “aconfesionalidad” auténtica de las instituciones de nuestro Estado democrático.