Editorial

El fraude del "Derecho a Decidir"

 

Soto de la Marina, 27 de septiembre de 2017


 

Tras el bombardeo de información generado en torno al conflicto en Cataluña podemos llegar a posiciones muy diversas, de hecho vemos cómo se está polarizando la opinión en dos extremos: los defensores de la secesión de Caltaluña y los defensores de la integridad de España.

Si profundizamos un poco en los "porqués" podemos ver que, como siempre ocurre en estos conflictos, se ha producido una manipulación del lenguaje que nos transmite la sensación de que mucha gente se mueve en una mentira inducida o una media verdad.

El cogollo de la cuestión parece estar en el "Derecho a decidir". Unos proclaman que se les hurta y otros proclaman que no existe.

Es curioso pero, buscando fuentes imparciales, me he encontrado con que el Diccionario de la RAE en su versión electrónica no contempla este artículo. Lo he buscado en otra fuente, menos sospechosa de "española", en la Wikipedia y tampoco le dedica un artículo, remite a dos conceptos: "proelección" y "autodeterminación de los pueblos".

«Proelección o proderecho a decidir (en inglés pro-choice), es la posición política y ética de que la mujer debe tener control o soberanía sobre su fertilidad y embarazo, incluyendo los derechos reproductivos, que incluyen el derecho a la educación sexual, el acceso al aborto electivo (realizado por profesionales y en el marco legal), a la anticoncepción, a los tratamientos de fertilidad, y la protección legal contra abortos forzados. Las personas y organizaciones que apoyan esta posición se denominan «proelección».»

 

«El derecho de libre determinación de los pueblos, más conocido como derecho de autodeterminación, es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural, y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de igualdad. ... El concepto de libre determinación tiene una gran fuerza y un carácter especialmente polémico. El Comité de Derechos Humanos ha puesto de manifiesto su naturaleza fundamental al señalar que es requisito necesario para la plena efectividad de los derechos humanos individuales. Pero su mención en el discurso político contemporáneo puede levantar temores de desestabilización, incluso violenta; también se ha asociado con posiciones políticas extremistas y chauvinismos étnicos. ... Esta multiplicidad de sentidos se deriva de que la libre determinación está estrechamente ligada al término «pueblos», término que es a su vez problemático y que no ofrece un único significado. ... Por otra parte, el derecho de autodeterminación no se articula exclusivamente con la fórmula de la independencia, sino que tal como aseguró la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos puede articularse en "independencia, autogobierno, gobierno local, federalismo, confederalismo, unitarismo o cualquier otra forma de relación conforme a las aspiraciones del pueblo, pero reconociendo los otros principios establecidos, como la soberanía e integridad territorial".»

 

Dado el estado de la cuestión no vamos a poder objetivar un concepto unánime de pueblo, que promueve la efervescencia de tantos sentimientos e ideologías que hacen inviable el consenso. No parece, y así lo han declarado distintos representantes de la ONU, que Cataluña encaje en el concepto de "pueblo en el sentido colonial"; aunque si es cierto que los "sentimientos identitarios" deben ser contemplados y respetados en su justa medida, aunque no son valores absolutos ni objetivos. Precisamente en la propia subjetividad radica el enraizamiento visceral de estos conceptos a los que se debe guardar el debido respeto para con toda persona en sus ideas, sentimientos y credos.

Ya que no es viable el acercamiento de posturas, tan radicalizadas en este momento, en torno al concepto de autodeterminación. Debemos analizar con un esfuerzo de objetividad la "democracia", o más bien la "calidad democrática" que permita sostener y defender estos derechos en torno a los que no nos ponemos de acuerdo. En estos días los diferentes protagonistas enarbolan la bandera de demócratas y acusan al contrario de no serlo. Las definiciones de la RAE para democracia no hace falta recogerlas porque en su sencillez son inapelables y no se puede discutir que nuestro ordenamiento jurídico las cumple. Nos ayuda a desentrañar el "kid" de la cuestión la definición que aporta la Wikipedia por ser un poco más explícita, y nuevamente menos sospechosa de "española":

«La democracia (del latín tardío democratĭa, y este del griego δημοκρατία dēmokratía)​ es una forma de organización social que atribuye la titularidad del poder al conjunto de la ciudadanía. En sentido estricto, la democracia es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a sus representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen conforme a mecanismos contractuales.»

 

Aquí llegamos al centro de la cuestión: el "Derecho a decidir" es la reclamación antidemocrática de una parte para decidir por todos, sometiendo a todos los demás a una privación de sus derechos. Lo es en el sentido de "proelección" que nos recordaba Wikipedia, porque al reconocer este derecho a la mujer se priva de sus derechos al feto y a la pareja. Lo es en el sentido de "autodeterminación" porque las autoridades catalanas que han rechazado plantear sus reivindicaciones por los canales democráticos establecidos, pretenden ningunear el derecho democrático de "todo el pueblo español" en quien democráticamente reside la soberanía.