El Consejo de Estado señala que la educación diferenciada no puede considerarse discriminatoria
Iglesia-Estado
Martes, 31 de Mayo de 2011 01:00

Según el Consejo de Estado, el Gobierno deberá modificar la Ley orgánica de Educación (LOE) si quiere suprimir los conciertos a los centros de educación diferenciada, tal como recoge el proyecto de ‘Ley de igualdad’. El artículo 116 de la LOE dice que corresponde a las autonomías dictar las normas relativas a los conciertos educativos.


Asimismo, el organismo consultivo concluye en su informe, presentado al Gobierno, que “la educación diferenciada, como modelo pedagógico, no puede considerarse un supuesto de discriminación por razón de sexo”. Palabras parecidas se leen en una sentencia del Tribunal Supremo: “No se puede asociar la enseñanza separada con la discriminación por razón de sexo”.

El Consejo de Estado recuerda que tanto la ‘Convención contra la discriminación en la Enseñanza’, suscrita por España en 1969, como la ‘Directiva de la UE 2004/113 sobre Igualdad de Trato’ entienden que “no será considerada” como discriminación la escolarización diferenciada.

Las patronales empresariales CEOE y CEPYME también se han pronunciado en contra de la medida del gobierno, pues “supone desconocer la doctrina jurisprudencial de que la enseñanza diferenciada no es discriminatoria”. En la misma línea, el Consejo Económico y Social considera que esta previsión “podría afectar a la libertad de enseñanza”.

La Federación Española de Religiosos de Enseñanza-Titulares de Centros Católicos (FERE-CECA) y la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) han manifestado su oposición a la decisión gubernamental contra los colegios de educación diferenciada.