Detenidos en Jaén por encerrar a su hija de 16 años en fiestas

¿Le parece de recibo que se prohíba a los padres corregir 'razonable y moderadamente' a los hijos?

José Chamizo, defensor del pueblo andaluz: "Media España estaría condenada por castigar a una hija sin salir de casa"

Periodista Digital, 04 de marzo de 2012 a las 10:10


 

«Media España estaría entonces condenada por hechos así», aseguró este 3 de marzo de 2012 el defensor del pueblo andaluz, al conocer la reciente detención, en el municipio jiennense de Úbeda, de unos padres por no dejar salir de casa a su hija de 16 años durante el pasado puente festivo del Día de Andalucía.

Para José Chamizo, arrestar a unos padres por ese motivo es «excesivo» e «ilógico».

El asunto está ahora en manos del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Úbeda, que ha decretado la libertad con cargos para los padres de la menor, que se encuentran en trámites de separación.

Imputados por un presunto delito de detención ilegal, los padres esperan sólo la citación judicial para irse a sentar al banquillo.

El caso, como subraya el diario 'El Mundo' en un editorial, obliga a abrir un debate a fondo sobre los límites de la autoridad de los padres y si las administraciones públicas pueden intervenir cuando se trata de un castigo o un bofetón al menor para corregir una mala conducta.

Podría pensarse que el padre se extralimitó con su hija en Úbeda, ya que la encerró bajo llave en un semisótano y el juzgado detectó que tenía un hematoma en el ojo. Ello justicaría las medidas cautelares del juez contra el padre.

Pero, más allá de lo sucedido en este caso, existe un importante vacío legal desde diciembre de 2007, cuando, por iniciativa del Gobierno de Zapatero, quedó derogado el artículo 154 del Código Civil, que establecía que «los padres podrán corregir razonable y moderadamente a los hijos».

La Ley de Protección del Menor indica que los derechos de quienes no han cumplido los 18 años tienen que ser tutelados de forma efectiva por los poderes públicos, que tienen la obligación de denunciar ante la Fiscalía conductas de abuso o menoscabo.

Al suprimirse el artículo 154, las administraciones públicas pueden considerar que el castigo sin salir de casa a un chico de 16 años es una detención ilegal o que una bofetada es una agresión. En consecuencia, el juez puede ordenar el arresto de los padres y, llegado el caso, retirar la patria potestad.

Quien piense que esto es una exageración recuerde que un padre de un pueblo de Jaén fue condenado en 2008 a 67 días de prisión por darle un bofetón a su hijo y que una mujer sordomuda que riñó a su hijo por no hacer las tareas y le hizo sangrar de la nariz fue indultada tras ser condenada al alejamiento del niño.

Bien está que la ley proteja a los menores de los malos tratos y los abusos, pero acusar a un padre de detención ilegal por castigar a un hijo sin salir un fin de semana es un disparate. Pero así es el ordenamiento legal en la España de 2012, gracias a una ocurrencia del Gobierno de Zapatero, tan aficionado a la ingeniería social.

En lugar de reforzar la autoridad de los padres, lo que la ley hace es quitársela totalmente y establecer un falso plano de igualdad con los hijos, a los que se les concede autonomía para hacer lo que quieran sin que sus tutores puedan intervenir.

Hasta aquí ha llegado el fundamentalismo permisivo de unos legisladores, obsesionados por lo políticamente correcto, que no han medido las consecuencias de suprimir un artículo del Código Civil que debería ser respuesto cuanto antes.