SANTA SEDE

Tras el verano habrá de nuevo otras novedades legislativas en el Vaticano


 

Las nuevas leyes en materia penal y las sanciones administrativas para el Estado de la Ciudad del Vaticano y la Santa Sede no son la respuesta a Moneyval, el grupo de trabajo del Consejo de Europa que se ocupa de las tareas contra el lavado de dinero y la financiación al terrorismo internacional.

Lo dijo el profesor Giuseppe Dalla Torre, presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano, durante la presentación en la Oficina de prensa de la Santa Sede de la Carta apostólica del Papa, en forma de Motu Proprio, sobre las nuevas normas y la reforma del sistema penal vaticano.

“Una de las razones son las observaciones de Moneyval. Pero no todas las observaciones de Moneyval se refieren a asuntos de materia penal. Ha habido otros aspectos de la estructura administrativa, y del funcionamiento… Así pues ésta es sólo una intervención en materia penal. Creo que después del verano, habrá de nuevo intervenciones claramente en materia no penal, siempre relacionadas con la actividad financiera, el blanqueo de dinero, la lucha contra el terrorismo y todo lo demás”.

Explicando las leyes que entrarán en vigor a partir del 1 de septiembre, el profesor Dalla Torre reiteró que se quiso intervenir sobre algunas normas vigentes específicas para actualizarlas y remodelarlas. Por ejemplo, el delito de divulgación de documentos confidenciales se perfeccionó totalmente.

El profesor Dalla Torre también dijo que el juicio contra el ex asistente de cámara de Benedicto XVI, Paolo Gabriele, podría haber influido de alguna manera, pero no ha afectado de una manera determinada el artículo de ley.

“Ahora Cualquiera que sustraiga de manera ilegal o revele información o documentos reservados, -dijo el profesor Dalla Torre- será sancionado de 6 meses a 2 años de reclusión o con multas de 1.000 a 5.000 euros”. “Si la sustracción se refiere a documentos relacionados con los intereses fundamentales o las relaciones diplomáticas de la Santa Sede, del Estado, la pena de prisión es de 4 a 8 años”.

Por último, el presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano también hizo una aclaración sobre la definición de los crímenes contra los niños:

“Eran delitos, como en todas las jurisdicciones, de carácter más general. Ahora todo es mucho más preciso. Existe la pornografía infantil, por ejemplo. En el código de 1889, claramente no estaba. Pero si tomamos el código italiano vamos encontrar los mismos datos escritos, porque son todos delitos, bien clasificados, que surgen en aplicación a la Convención internacional sobre los Derechos del Niño y de los protocolos facultativos. Por lo tanto no es que no los hubiera”.

(ER – RV)