9.11.13

 

La Audiencia Nacional excarceló ayer a otros nueve etarras sin esperar a que el Supremo se pronunciara sobre la manera en que España ha de abordar la sentencia de Estrasburgo sobre la doctrina Parot (*). No voy a entrar a valorar jurídicamente esa sentencia, entre otras razones porque no he estudiado derecho. Pero moralmente sí tengo algo que decir. Cuando un juez interpreta la ley en beneficio de un asesino, ¿a quién sirve?.

El problema es que el juez español en Estrasburgo era la mano ejecutora de Rodríguez Zapatero, anterior presidente de gobierno, quien cometió la traición de pactar con la banda terrorista. Su sucesor, Mariano Rajoy, no está haciendo otra cosa que seguir la hoja de ruta marcada.

Todo lo que está pasando en España en estos últimos días puede ser muy legal, muy conforme a derecho y muy todo lo que se quiera. Pero la realidad es que hoy los etarras brindan con champán y sus víctimas lloran. Si eso es justicia, ¿a qué llamaremos injusticia?

Este país ni siquiera serviría como ejemplo para que Cristo predicara una de sus parábolas:

Había en una ciudad un juez que ni temía a Dios ni respetaba a los hombres. Había asimismo en aquella ciudad una viuda que vino a él diciendo:
“Hazme justicia contra mi adversario".
Por mucho tiempo no le hizo caso; pero luego se dijo para sí:
“Aunque, a la verdad, yo no tengo temor de Dios ni respeto a los hombres, mas, porque esta viuda me está cargando, le haré justicia, para que no acabe por molerme".
Dijo el Señor: “Oíd lo que dice este juez inicuo. ¿Y Dios no hará justicia a sus elegidos, que claman a El día y noche, aun cuando los haga esperar?” (Luc 18,2-7)

En estos momentos, en España las viudas de la violencia etarra ni siquiera tienen un juez inicuo al que acudir. Por obra y gracia de los jueces, los huérfanos de ETA ven a salir a la calle a los asesinos de sus padres sin que estos hayan hecho el más mínimo gesto de arrepentimiento. Y para colmo todavía hay algún obispo emérito que, en vez de recordar la parábola de Cristo, tiene la desvergüenza de ponerse del lado de las decisiones judiciales a favor de los malvados y la indecencia de pisotear a las víctimas criticándoles por pedir algo tan elemental como justicia, que no venganza. Sea Dios quien le pida cuentas por ello.

El comportamiento de las víctimas del terrorismo no puede ser más ejemplar. Ninguna se ha tomado la justicia por su mano. Ninguna ha practicado el ojo por ojo, diente por diente. Pero ven como todo el aparato del estado las deja tiradas en estos momentos. De nada valen las buenas palabras y las palmaditas en la espalda para hacerse una foto. De nada vale que los políticos digan “¡Cuánto lo sentimos!". Si de verdad lo sintieran, habrían hecho algo para impedir lo que ha pasado.

Y en relación a los nueve jueces -contra ocho- de la Audiencia nacional que decidieron poner ayer en libertad a esas alimañas, solo les digo que dudo que tenga el valor de mirar cara a cara a los familiares de los asesinados por los etarras. Podrían haber esperando unos días hasta que el Supremo tomara la decisión. Pero no, parece que tenían prisa por practicar una “justicia” que hace feliz a los malos y llorar a los buenos. Muchos no olvidaremos nunca lo que han hecho. Ya sabemos a quién sirven.

Una última cuestión. Rogaría a los políticos españoles que tuvieran la decencia de no volver a decir que el Estado ha ganado la batalla a ETA. ¿Qué batalla ganada es esa en la que los vencidos ríen y los mejores de entre los vencedores tienen los ojos arrasados en lágrimas?

Luis Fernando Pérez Bustamante

(*) Doctrina Parot:

Es el nombre con el que se conoce la jurisprudencia que estableció el Tribunal Supremo a partir de su sentencia de febrero de 2006 en la que se resolvía el recurso presentado por el terrorista de ETA Henri Parot, según la cual la reducción de penas por beneficios penitenciarios (mediante trabajo, estudios etc.) se aplica respecto de cada una de las penas individualmente, y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión, que según el Código Penal de 1973 es de 30 años. En julio de 2012 el Tribunal Europeo de derechos Humanos con sede en Estrasburgo sentenció, resolviendo un recurso de la etarra Inés del Río Prada, que la doctrina Parot (que había sido modificada parcialmente en 2008 por el TC español en la conocida como doctrina del doble cómputo penal) viola la Convención Europea de Derechos Humanos, por lo que instaba al Gobierno español a poner en libertad a la terrorista, condenada a más de 3.000 años de cárcel por varios asesinatos y atentados terroristas. Si se deroga definitivamente la doctrina Parot, más de 50 miembros de la banda terrorista, además de narcos, violadores y asesinos en serie, serían puestos en libertad.