Nota de Prensa | Asociación Europea de Abogados de Familia

 

La AEAF agradece a Podemos la propuesta de derogación de la
Ley de Violencia de Género

El pasado 12 de mayo el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos- En Comú Podem- En Marea, presentó ante el Congreso de los Diputados una Proposición de Ley “contra la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales, y de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero o intersexuales” que supone de facto la derogación de la Ley de Violencia de Género.

 

Madrid, a 18 de Mayo de 2017


 

La Asociación Europea de Abogados de Familia felicita a Podemos por la derogación de facto de la Ley de Violencia de Género que supone la Propuesta de Ley contra la discriminación por orientación sexual.

Aunque a la Asociación Europea de Abogados de Familia se le hace difícil valorar una propuesta de Ley con graves deficiencias técnicas y jurídicas e igualmente realiza una valoración general negativa de dicha propuesta (por cuanto es innecesaria dicha norma jurídica dado que los derechos que se pretenden tutelar ya están protegidos por el ordenamiento, y por cuanto no se encuentran justificados los privilegios que se pretenden conceder a determinadas asociaciones o determinadas personas en función de su orientación sexual) sin embargo sí le resulta positiva la derogación de facto de la Ley de Violencia de Género y todas las normas surgidas a su amparo.

Efectivamente, el artículo 31.3 de dicha Proposición de Ley (enmarcado en el Capítulo VI sobre la Administración de Justicia y de la tutela judicial) establece textualmente lo siguiente:

“3. En los casos en que la legislación aplicable sea diferenciada en función del género, su determinación se realizará en base a la identidad de género sentida, por ejemplo en materia de violencia de género machista, aún cuando no se haya realizado el proceso de rectificación de la mención de sexo ante el Registro Civil”

 

El tenor literal de la norma que forma parte de la Proposición de Ley presentado por el Grupo Parlamentario de Podemos permite eliminar de facto la asimetría penal por cuestión de sexo existente en nuestro ordenamiento y permite por la vía de los hechos modificar el trato discriminatorio que la Ley de Violencia de Género otorga a los varones. Si prospera la Proposición de Ley con la redacción vigente sería suficiente que un varón imputado por violencia de género (por denuncia falsa o no) pudiera restablecer su presunción de inocencia y el equilibrio procesal entre las partes con el fácil mecanismo de expresar su diferente orientación de sexual o identidad de género.

Tal y como pone en evidencia la Proposición de Ley de Podemos nuestro legislador con la Ley de Violencia de Género estableció una injusta presunción en el sentido de considerar que toda persona con sexo masculino tiene necesariamente una identidad de género coincidente con el sexo asignado en el momento de nacer, e igualmente nuestro legislador operó con categorías sociales ya superadas que veían en la masculinidad una violencia implícita y una dominación heteropatriarcal que la realidad social está muy lejos de confirmar, por lo que hoy por hoy resulta obsoleta la injusta culpabilización de los varones por el hecho de asignárseles en el momento de nacer el sexo masculino.

El propio artículo 31.3 debidamente aplicado permitirá la igualación de las penas para el caso de violencia doméstica independientemente del sexo del agresor y la víctima, dado que con la mera manifestación de una identidad de género diferente al sexo asignado en el momento de nacer los varones podrán luchar en igualdad de condiciones no sólo en los Juzgados de Violencia de Género, sino en general en todos los Juzgados de Familia.

A la Asociación Europea de Abogados de Familia no se le escapa la ironía que supone que la propio ideología de género que inspira la Proposición de Ley contra la discriminación por orientación sexual, sea la responsable de poner fin a uno de los efectos más perversos de la propia ideología de género, a saber: la culpabilización prejudicial de los varones por el hecho de ser varones.

Si bien la Asociación Europea de Abogados de Familia encuentra motivos de satisfacción en la derogación de facto (aunque no de derecho) de la Ley de Violencia de Género por cuanto dicha derogación supone el reconocimiento real de la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos independientemente de su sexo, sin embargo no le parece que una Proposición de Ley inspirada por los mismos principios ideológicos sea la mejor solución; no obstante hasta que la legislación de género sea derogada, con carácter temporal no es mala solución la que ofrece a los varones la nueva Proposición de Ley al tenerse que imponer a los Juzgados y Tribunales españoles con carácter obligatorio las meras manifestaciones de la identidad de género sentida sin necesidad de aportar prueba alguna al respecto, posibilitándose así dejar sin efectos las injustas normas que rigen en materia de violencia de género, y permitiendo que la violencia doméstica sea abordada en toda su amplitud sin consideración al sexo del agresor o de la agresora.

 

Recursos informativos:

Se puede descargar la Proposición de Ley presentada por podemos en el siguiente enlace: https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=sites&srcid=YXNvY2lhY2lvbmFib2dhZG9zZmFtaWxpYS5jb218YXNvY2lhY2lvbi1ldXJvcGVhLWRlLWFib2dhZG9zLWRlLWZhbWlsaWF8Z3g6NGE0MjllNTEyNzRhODE3Zg

 

Asociación Europea de Abogados de Familia (AEAF)

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