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Sobre lo que dice el Canon de corregir al Papa

 


 

 

Un lector recuerda a Religión Confidencial lo que dice el Código de Derecho Canónico en el punto 212:

1. Los fieles, conscientes de su propia responsabilidad, están obligados a seguir, por obediencia cristiana, todo aquello que los Pastores sagrados, en cuanto representantes de Cristo, declaran como maestros de la fe o establecen como rectores de la Iglesia.

...

3.Tienen el derecho, y a veces incluso el deber, en razón de su propio conocimiento, competencia y prestigio, de manifestar a los Pastores sagrados su opinión sobre aquello que pertenece al bien de la Iglesia ...

Estos son también los principales argumentos que esgrimen los firmantes de la corrección filial al Papa Francisco, sobre las supuestas herejías que ha cometido el Santo Padre la exhortación apostólica Amoris Laetitia.

El canon 212 es muy claro. Una cosa es manifestar su opinión “ a los pastores” y otra muy distinta corregir al Papa. La corrección implica un juicio superior por quien tiene la autoridad para hacerlo, y en la Iglesia no hay autoridad por encima de la del Santo Padre.

 

Zenón de Elea.