Iglesia-Estado
La Permanente aprobó ese texto en septiembre del año pasado

 

La declaración de los obispos sobre Cataluña no conecta con documentos anteriores de la CEE, según Rouco

 

El cardenal habló en la Academia de Ciencias Morales y Políticas sobre "El Episcopado español y su doctrina sobre el nacionalismo”

 

 

El arzobispo emérito de Madrid, cardenal Antonio María Rouco Varela, actuó como ponente en la Academia de Ciencias Morales y Políticas, el pasado día 20 de marzo, con una intervención titulada “El Episcopado español y su doctrina sobre el nacionalismo”. Una ponencia que produjo un intenso debate entre los académicos presentes en la sesión.

 


 

 

La nota de actualidad fue la referencia del cardenal Rouco al juicio moral de los obispos sobre el actual problema catalán.

Para el arzobispo emérito de Madrid, en “la “Declaración de la Comisión Permanente ante la situación en Cataluña”, de 22 de septiembre de 2017, no se conecta argumentalmente con la doctrina de las dos Instrucciones de la Asamblea Plenaria del 2002 y el 2006. Ni se las cita explícitamente, ni se alude a ellas; aunque tampoco se las contradice ni explícita, ni implícitamente. "Es doctrina, por lo tanto, que no ha perdido ni un ápice de su vigencia doctrinal y pastoral”, dijo.

 

Valoración moral del terrorismo

En la historia reciente de la Conferencia Episcopal, la Instrucción Pastoral «Valoración Moral del Terrorismo en España, de sus causas y de sus consecuencias», aprobada en la LXIX Asamblea Plenaria (22-IX-2002), supuso un antes y un después sobre esta materia.

De este documento el cardenal Rouco señaló que “fue acogido muy favorablemente dentro y fuera de la Iglesia, a la que no le faltaron críticas muy significativas intra y extra eclesiales”.

Tal y como se puede leer en la página web de la Academia, que publica un amplio resumen de su intervención, el cardenal Rouco analiza el fenómeno de las relaciones entre nacionalismo e Iglesia desde sus orígenes históricos.

En el caso español, se remonta “al primer documento colectivo del Episcopado español data del 1 de enero de 1870.

 

La confesionalidad de la nación

Los obispos españoles presentes en Roma para participar en el Concilio Vaticano I se dirigen al Congreso de los Diputados, que se disponía a discutir el proyecto de Ley sobre la introducción del matrimonio civil obligatorio en la legislación española. Piden que sea desechado.

Se suceden otros dirigidos al Papa y al Gobierno en asuntos puntuales de diversa índole político-eclesiástica o religiosa, entre los que prevalecen aquellos que tienen que ver con la salvaguarda de la confesionalidad católica de la Nación Española garantizada por el Estado en el Art. 1 del Concordato de 1851 y avalada por el art. 11 de la Constitución de 1876, que la matiza con la aceptación del principio de tolerancia para la profesión de otras religiones que no sean la católica y para el ejercicio privado de su culto.

Pero no será hasta el 15 de diciembre de 1917 cuando los obispos españoles se sientan obligados a dirigirse a la Nación con un documento que titulan “Sobre deberes en las presentes circunstancias”.