Perspectiva de Género

 

El País Vasco elimina los informes médicos que acreditan la transexualidad

 

PNV, EH Bildu, Elkarrekin Podemos y PSE-EE son los partidos firmantes de la iniciativa, el PP se abstiene

 

 

9 julio, 2019 | ForumLibertas.com


 

 

El Parlamento Vasco eliminó la semana pasada la normativa que obligaba a las personas que querían reivindicar su transexualidad a acudir al consejo médico y presentar informes sobre su situación psicológica para que recibieran el permiso para certificar su supuesta identidad sexual.

De esta manera el Parlamento del País Vasco elimina la ley de 2012 por medio de la cual se obligaba a que fuera así. Aquella Ley ya era una norma guiada por el homosexualismo político y se encuadraba en la no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de las personas transexuales.

Esta nueva normativa nace del acuerdo entre el PNV (otrora defensor del democristianismo), EH Bildu, Elkarrekin Podemos y PSE-EE, partidos firmantes de la iniciativa.

Por su parte el Partido Popular Vasco se han posicionado en una situación neutra al no firmarla ni censurarla: han optado por la abstención al considerar que es innecesaria porque a su juicio en la actual normativa quedaría claro que la transexualidad no es una enfermedad. Esta ha sido la excusa de los mencionados partidos para justificar la nueva norma.

 

¿La transexualidad “no se puede diagnosticar”?

Con esta modificación, que ha sido tramitada por el procedimiento de lectura única, es decir, sin posibilidad de enmendarla, se instaura lo que sus defensores defienden como la despatologización de la transexualidad para que solo pueda determinarse “a través de la escucha de lo que la persona libremente expresa” ya que, “al igual que la identidad sexual, no se puede diagnosticar”.

“No es una enfermedad, un trastorno o una anomalía, sino que forma parte de la diversidad humana”, señala la reforma legal aprobada, que entrará en vigor una vez que se publique en el Boletín Oficial del País Vasco.

Por tanto, gracias a esta reforma la consideración de persona transexual “se regirá por el derecho a la libre autodeterminación de la identidad sexual”, derecho que “no podrá ser limitado, restringido o dificultado” y al que podrán acogerse “sin necesidad de un diagnóstico o informe psiquiátrico, psicológico ni tratamiento médico”.