Papa

 

¿Por qué la infalibilidad pontificia?

 

Hace un tiempo se celebraron los 150 años que el concilio Vaticano I proclamaba el dogma de la infalibilidad pontificia.

 

 

 

10 ene 2022, 23:00 | Nicolas Senèze, en Roma, La Croix


 

 

 

 

 

¿De dónde viene este dogma?

Proclamado el 18 de julio de 1870, el dogma de la infalibilidad pontificia no se encontraba en el orden del día del Concilio Vaticano I. Pero algunas semanas después de su apertura, una mayoría de padres conciliares pidieron incluirlo y el asunto fue discutido desde el 13 de mayo al 16 de julio por 533 obispos (contra 2), a pesar de la ausencia de obispos orientales que se habían ido de Roma para no tener que pronunciarse contra lo que veían como una «latinización» del catolicismo demasiado fuerte.

Pero si solo se ha proclamado oficialmente a finales del siglo XIX, el dogma de la infalibilidad tiene raíces profundas. En primer lugar, bíblicas: para sus promotores, la fuente se encuentra en la infalibilidad de Cristo («Yo soy la Verdad», Juan 14,6) que promete la indefectibilidad a su Iglesia fundada en la fe de Pedro («Tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia (?) lo que ates en la tierra quedará atado en los cielos», Mateo 16,18.19). En virtud de estos textos, los Padres de la Iglesia verán muy pronto en el obispo de Roma el árbitro de las dificultades doctrinales: «Es necesario que todas las Iglesias se pongan de acuerdo con la Iglesia de Roma, por su autoridad eminente y porque, por ella, la tradición de los apóstoles ha sido siempre conservada», escribe por ejemplo, san Ireneo hacia 180 (Contra los herejes, III, 3).

Contestada en la Edad Media por las corrientes conciliaristas (que ven en el concilio una autoridad superior al papa), y después en época moderna por los galicanos, la infalibilidad recobra fuerza en si siglo XIX antes de imponerse en el momento en que, con el fin de los Estados pontificios, el papa deja de ser una potencia política.

 

¿Cómo se expresa el dogma?

Tal como lo expresa el Vaticano I, y en línea con sus fuentes escriturísticas, la infalibilidad pontificia está íntimamente vinculada a la infalibilidad de la Iglesia. «No hay dos infalibilidades "la de la Iglesia y la del papa", sino una única infalibilidad de la Iglesia, de la que el pontífice romano es la cabeza», dice mons. Dominique Le Tourneau (1).

El Concilio Vaticano II, que ha retomado casi un siglo después los trabajos interrumpidos del Vaticano I en 1870, en su constitución Lumen gentium habla de tres ámbitos de la infalibilidad: primero, el Pueblo de Dios en su totalidad, que «no puede fallar en su creencia» que manifiesta por un sentido sobrenatural de la fe (sensus fidei) cuando, «desde el Obispo hasta los últimos fieles seglares», aporta «manifiestan el asentimiento universal en las cosas de fe y de costumbres».

El Vaticano II habla a continuación de la infalibilidad del colegio episcopal cuando los obispos «aun estando dispersos por el mundo, pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el Sucesor de Pedro, convienen en un mismo parecer como maestros auténticos que exponen como definitiva una doctrina en las cosas de fe y de costumbres»: «en ese caso anuncian infaliblemente la doctrina de Cristo» (Lumen gentium, 25).

Aquí interviene la infalibilidad pontificia propia del papa, «en razón de su oficio, cuando proclama como definitiva la doctrina de fe o de costumbres en su calidad de supremo pastor y maestro de todos los fieles a quienes ha de confirmarlos en la fe» (ibid.). El Vaticano II retoma así, articulándola con la doctrina de la infalibilidad de la Iglesia, la definición dada por el Vaticano I.

Para el teólogo suizo Maurice Zundel, la infalibilidad pontificia, lejos de hacer del papa un súper monarca de la Iglesia, al contrario, hace que se borre tras la persona de Cristo de quien es vicario. «La infalibilidad es la gran dimisión del hombre en Jesucristo, decía en un retiro en 1959. Es justamente la garantía de que no es cuestión de relación con usted, sino con Él, a través de usted y, si es necesario, a pesar de usted. Pues en la Iglesia la misión se cumple siempre en la renuncia y es lo contrario de lo que se imagina: cuanto más se es llamado a asumir cargos en la jerarquía, más se desaparece en la persona de Jesucristo».

 

¿Se utiliza a menudo la infalibilidad pontificia?

La infalibilidad no es una firma en blanco concedida al papa dándole el derecho a pronunciarse sobre todos los asuntos sin equivocarse. El texto de la constitución dogmática Pastor Æternus del Vaticano I ha encuadrado estrictamente los casos en los que el papa puede usarlo, pero también la manera muy formal de cómo lo debe hacer.

Para comprometer su infalibilidad, que expresa «la asistencia divina» de la que dispone, el papa se debe pronunciar «ex cathedra», es decir, explícitamente como pastor de la Iglesia universal (y no, por ejemplo, como obispo de Roma o primado de Italia) y, como subraya mons. Le Tourneau, «en términos que manifiesten claramente su intención de formular una verdad de manera definitiva e irrevocable». Además, el papa debe expresarse «en materia de fe o de costumbres» y velar por mantenerse en «acuerdo de fe» con la revelación. «La asistencia divina especial no se extiende a cualquier cosa, afirma el teólogo belga Gustave Thils (2). Su ámbito es, por excelencia, la revelación. Si el magisterio goza de infalibilidad, es para mantener intacta la revelación».

Estas condiciones tan estrictas explican por qué, desde 1870, la infalibilidad no haya sido invocada más que una única vez, cuando el papa Pío XII proclamó el dogma de la Asunción en 1950. El método empleado (el papa escribió a todos los obispos para preguntarles sobre la oportunidad y la legitimidad de una tal definición) y el amplio consenso recogido, subrayan la preocupación del papa Pacelli de no actuar de manera inconsiderada.

Al contrario, a pesar de las críticas, Pablo VI se negó a invocar la infalibilidad para su encíclica Humanae vitae de 1968, sobre la regulación de los nacimientos, así como Juan Pablo II tampoco lo ha hecho con su carta Ordinatio sacerdotalis de 1995 que reservaba el sacerdocio a los varones. Sin embargo, al año siguiente, la Congregación para la doctrina de la fe juzgó que se trataba de una «doctrina propuesta de manera infalible por la Iglesia» ¿comprometiendo pues la infabilidad de la Iglesia? exigiendo «un asentimiento definitivo» de los fieles.

 

 

 


(1) «Infaillibilité», en Dictionnaire historique de la papauté, de Philippe Levillain (dir.), Fayard, 2003.

(2) «Précisions sur l'infaillibilité papale», Revue théologique de Louvain, 1970, pp. 183-190.