Tribunas

Prohibido sonreír

 

 

Ernesto Juliá


 

 

 

 

 

El gesto del Estado francés de prohibir la difusión de un video en el que una madre, sonriendo, abraza a su hijo con síndrome Down, que también sonríe; además de ser una aberración legal, supera los límites del campo de la acción legal de cualquier Estado.

Una prohibición semejante me parece que va más allá de todo poder de un Gobierno, salvo un gobierno que se declare a sí mismo dictatorial y totalitario. Se olvida con demasiada frecuencia que, en las sociedades constituidas por hombres y mujeres, el poder tiene su sentido y su función en la medida que es un servicio al bien común de los ciudadanos. Si no es un servicio, es muy fácil que acabe siendo una banda de ladrones, de hombres corruptos, etc. etc.

En el video, la madre y el hijo sonríen, y transmiten la dicha de vivir y de estar en familia felizmente.

Ya he recordado en otras ocasiones la reacción de una madre al recibir en sus brazos a una hija recién nacida, que venía al mundo con ese síndrome, ya anunciado durante el embarazo. Un tanto conmovida, y emocionada, con lágrimas que apenas salían de sus párpados, la mujer besó a la criatura, diciendo: “Dios la ama así; yo también la amaré”.

¿Quiere el Estado francés quitar la ciudadanía a los nacidos en Francia con síndrome Down? ¿Por qué no prohíbe –y lo haría entonces con una cierta base legal- la difusión de videos calumniosos, difamatorios, pornográficos, blasfemos, etc., etc.?

Y en esta aberración legal el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha unido al Estado francés al negarse a intervenir en el contencioso que enfrenta, por esa prohibición, el Estado francés con la Fundación Jerome Lejeune. Y lo ha hecho argumentando que “los demandantes –la Fundación- no pueden ser considerados víctimas en el sentido del Convenio Europeo de Derechos Humanos”. ¿Desde cuándo los que defienden los derechos de unas personas tienen que ser víctimas de las ofensas que esas personas han recibido?

¿Algún tribunal se negaría a admitir la demanda contra una discriminación clamorosa y pública de homosexuales sólo porque la Fundación que promueva la demanda no está formada por homosexuales? ¿Este mismo Tribunal Europeo de Derechos Humanos se atrevería a hacerlo?

Los hombres y mujeres con síndrome Down son tan hijos de Dios, tan ciudadanos de cualquier país, tan sujetos de derechos, como cualquier otro ciudadano en cualquier parte del mundo. Y sus derechos pueden ser defendidos por cualquier colegio de abogados, que en absoluto son víctimas del mal que se les quiera hacer.

Con esa medida, el Gobierno francés y el Tribunal en cuestión, se arrogan el “derecho” de prohibir sonreír en público. ¿Quién le ha dado ese poder? ¿Qué bien quieren defender con esa prohibición? ¿Qué mal puede hacer la sonrisa de una madre y de su hijo Down? ¿O quieren el Gobierno y el Tribunal, establecer una ley que prohíba a los Down, a sus madres, a sus familias, ser felices, sonreír?

Por estos caminos–aborto, eutanasia, lgtbi, etc-, la Unión Europea no llegará nunca a dar origen a una nueva civilización en Europa; y no tendrá el espíritu, la fuerza para defenderse de quienes anhelan destruirla. Nos quejamos, y con razón, contra los racismos, contra las discriminaciones por el color de la piel, contra las injusticias económicas-sociales, etc, etc.

¿Se puede construir una sociedad, una cultura, una civilización, manteniéndonos en silencio ante el aborto organizado y planeado contra los síndromes Down, y negándoles el derecho a sonreír a quien sobreviven a ese asesinato sistemático?

 

 

Ernesto Juliá Díaz
ernesto.julia@gmail.com