Red Iberoamericana de Estudio de las Sectas

Nº 988

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22 de oct. 2022

 

BOLETÍN MONOGRÁFICO: CULTOS AFROAMERICANOS

 

1. Argentina: un pai umbanda, condenado por tráfico de drogas.

2. Un pai umbanda brasileño, acusado de abusos sexuales y estafa en Argentina.

3. México: denuncian torturas de animales en ritos de santería en una vivienda.

4. España: unos profesionales de “terapias naturales”, absueltos por estafa con rito de santería.

5. Argentina: detienen a un pai umbanda que obligó a un hombre a violar a otro.

6. Argentina: una mujer mandó matar a su marido aconsejada por una mai umbanda.

7. España: ratificada la prisión para una red de explotación sexual con uso de vudú.

8. México: condena a una banda de secuestradores dirigida por un santero.

9. Alerta en Guadalajara (México) por el hallazgo de restos de “trabajos” de santería.

10. Multan a un hombre en EE.UU. por sacrificar animales en un rito de santería.

 

 

1. Argentina: un pai umbanda, condenado por tráfico de drogas.

FUENTE: Aire Digital

 

 

El juez de Cámara del Tribunal Oral Federal de Santa Fe (Argentina), Luciano Lauría, condenó el pasado mes de junio a cuatro santafesinos por formar parte de una red dedicada al narcotráfico, en el marco de un juicio de procedimiento abreviado arribado entre el fiscal general Martin Suarez Faisal y los abogados defensores de los imputados, Ignacio Alfonso Garrone y Esteban Yossen. Según leemos en Aire Digital, las condenas comprenden penas de cuatro años de prisión para el pai Luciano Sergio Salas y Santiago Eladio Del Curto, tres años para el policía Luis Tissera, quien ofrecía protección a la banda, y dos años para María Sol Salas, hermana de Luciano.

La investigación comenzó a partir de una denuncia que llegó a la Agencia de Investigación Criminal que daba cuenta de que un hombre, identificado como Luciano, le ofreció a otro vender “merca” de la buena, la llamada “delfín”, y que no iba “tener problema porque tenía comprado a los altos mandos de la PDI”. Las tareas de inteligencia fueron realizadas por el personal de la Prefectura Naval Argentina, quienes lograron identificar que ese tal Luciano era Salas, y que el mismo oficiaba como pai umbanda en un templo ligado a la Asociación Religiosa Africanista Argentina Sarava.

En ese templo, los investigadores detectaron movimientos compatibles con maniobras vinculadas a la venta y distribución de drogas: entrega de paquetes o bolsas, en donde presuntamente habría cocaína u otro estupefaciente. No obstante, otro dato que lograron recolectar los pesquisas fue que en ese templo de manera periódica arribaban móviles policiales y se quedaban por un buen rato.

El 19 de mayo de 2021, personal de Prefectura Naval Argentina allanó la vivienda del pai Luciano Salas, ubicada en callejón Aguirre 4300, y secuestró 11 teléfonos celulares, dos chips de líneas, un pen drive, un pote con cocaína, dos tablets, una notebook, un frasco con marihuana, un envoltorio con la misma sustancia y otros elementos. Salas fue detenido dos días después. En tanto, su hermana Sol Salas fue detenida en una vivienda ubicada en Azcuénaga 8800, donde se incautaron dos teléfonos celulares, documentación, dinero en efectivo, una balanza de precisión, un envoltorio con cocaínay otros elementos.

Finalmente, Santiago Del Curto fue detenido en su casa de calle Chaco 7100, desde donde se secuestraron tres trozos compactos de cocaína, 12 plantines de marihuana, un teléfono celular, un pen drive y una balanza de precisión. Del Curto fue detenido el 28 de mayo. El material estupefaciente secuestrado fue sometido a pruebas que arrojaron como resultado que la sustancia vegetal hallada es cannabis sativa (marihuana) y la blanquecina es cocaína, con un peso total de 6,2 grs. y 274 grs., respectivamente. Además, en todos esos domicilios los investigadores habían detectado la llegada de personas que se retiraban minutos después manipulando pequeños envoltorios y en particular la entrega de droga en la modalidad delivery.

En tanto, los pesquisas pudieron precisar que el móvil policial N° 7639 que se encontraba en el domicilio de Luciano Salas era conducido por el agente Héctor Luis Tisera, quien tenía conocimiento de las actividades que realizaban Salas y Del Curto, y les aconsejaba cómo mantener los lugares limpios para continuar con las maniobras delictivas. Al momento de dictar la sentencia, el juez Lauría consideró que “se ha comprobado la comercialización de estupefacientes realizada por Luciano Salas y Santiago Del Curto y que Tisera favorecía personalmente -utilizando los conocimientos, recursos y contactos propios de su labor- para mantenerlos fuera del alcance de la justicia”. Para esto, el magistrado destacó conversaciones donde se daba cuenta de la realización de allanamientos, y cómo debían continuar una vez finalizados: T: “y si yo voy a andar en el móvil boludo…”; “ha bueno mejor asi me haces pantalla acá…”; T: “me entendes…yo voy andar en el móvil con el chofer…”.

Si bien Tisera no participaba de la actividad de narcotráfico, “tenía pleno conocimiento de ellas y lejos de promover la persecución delictiva, protegía, custodiaba y recomendaba como actuar, incumpliendo palmariamente su deber y compromiso social de hacer respetar la ley”, valoró el magistrado. Las intervenciones telefónicas también permitieron detectar que el policía Tissera perseguía ventajas económicas -ánimo de lucro- con su rol de encubridor: T: “si que tal buenas noches inspector Tisera le habla…”; NN: “vos seguís en el destacamento…”; T: “si negra…”; NN: “cuando te vas a jubilar…”; T: “y el año que viene tengo los treinta años…”; (…) NN: “que vas a ser, que va ser cuando te jubiles…”; T: “eh, mas plata…”; NN: “anda a trabajar al mercado vos que te hiciste amigo de todos ahí…”; T: “la verdad que si negra me voy a ir a laburar al mercado jajaj…” (…) “abundante a descargar y cargar camiones…”.

Luciano Sergio Salas y Santiago Eladio Del Curto fueron condenados como autores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (arts. 5 inc. c de la ley 23.737 y 45 del C. Penal) a la pena de cuatro años de prisión y multa equivalente a cuarenta y cinco (45) unidades fijas, monto conforme ley 27.302. Luis Héctor Tisera fue condenado como autor del delito de encubrimiento por favorecimiento personal, agravado por ser respecto de un delito especialmente grave, por la condición de funcionario público y ánimo de lucro e incumplimiento de los deberes de funcionario público (arts. 45, 277 1° inc. a y 3° incs. a, b y d y 248 en función del 274 del Código Penal) a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial por el tiempo que dure la condena. María Sol Salas fue condenada como partícipe secundaria del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (arts. 5 inc. c de la ley 23.737 y 46 del C. Penal) a la pena de dos años de prisión y multa equivalente a veintidós y media (22,5) unidades fijas.

 

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2. Un pai umbanda brasileño, acusado de abusos sexuales y estafa en Argentina.

FUENTE: Mdzol

 

 

Un Pai Umbanda engañó a una joven de Misiones (Argentina) y terminó abusando de ella. Además, la estafó y robó casi todos los objetos que ella tenía en su casa. Según informaba Mdzol el pasado 1 de junio, el sujeto llegó de Brasil a la provincia de Misiones y se hacía llamar Antonio. Con la excusa de sacar a los “espíritus que habitaban en su hogar”, el hombre se fue acercando cada vez más a Alejandra, la víctima de la historia.

El primer día que se conocieron, Antonio, el sujeto que profesa la religión Umbanda, realizó un extraño ritual que terminó en abuso: primero, le pidió a la madre de la joven que se quedara en la sala junto al hijo de Alejandra, quien tiene dos años y medio. En ese contexto, la hizo pasar a la pieza y le preguntó dónde dormía su marido. “Yo justo estoy con un problema de separación con mi pareja. Me pidió que abra el ropero, cerró los ojos y me ordenó que me levante la remera. Me tocó las costillas, me pidió que me levante el corpiño y me empezó a tocar”, relató la mujer a Crónica.

Tras esa situación, el Pai Umbanda le pidió que se ponga una mano en el corazón mientras el rezaba con los ojos cerrados. “En un momento los abrió y, como yo tenía vergüenza, me quise bajar la remera, pero me dijo que la deje así como estaba”, explicó. Pese a que parecía que el abuso había finalizado, faltaba un paso más. Antonio le afirmó que en su oración sintió que ella quería mantener relaciones sexuales con él. “Me preguntó si yo quería tener relaciones imaginándome que él era mi marido”.

Alejandra respondió de manera negativa y, el abuso llegó hasta ese punto. Sin embargo, tras esa visita del Umbanda comenzó a ver sombras en su casa y se sintió amenazada. Además, otro hecho la dejó muy asustada: el Pai le dijo que “su hijo iba a morir en los próximos días”. Al dialogar con la vecina, decidió volver a llamar a Antonio para que hiciera un trabajo, el cual comenzó a pagar con “electrodomésticos y objetos”. Finalmente, el sujeto le explicó que el precio para que su hijo no muriera era de 250.000 pesos, por este motivo, “todos los días se llevaba algo nuevo”.

Aunque el trabajo se realizó y Alejandra fue víctima de una gran estafa, no fue la única. Diversos vecinos del barrio también cayeron en la trampa y, el sujeto, se alzó con un botín que superó los tres millones de pesos. “A todos los vecinos les decía que iba a morir un familiar diferente”, concluyó la mujer de Misiones. Finalmente, la mujer decidió denunciar el hecho y el pai fue detenido.

 

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3. México: denuncian torturas de animales en ritos de santería en una vivienda.

FUENTE: Diario Cambio

 

 

Vecinos de la colonia Villas Chautenco (Puebla, México), revelaron que cada fin de semana, uno de los domicilios de la zona es ocupado para hacer presuntos rituales durante las noches y madrugadas, pues escuchan animales lamentarse y, al amanecer, los encuentran muertos. Lo cuenta Karla Hernández en el Diario Cambio. Isaac se comunicó con este medio y pidió apoyo para detener la situación, debido a que es aterrador para los colonos de la calle Acolman escuchar cómo distintos animales se lamentan debido a que están siendo torturados cada fin de semana durante alguna celebración.

El quejoso refirió que no hay un día específico que las personas habitan la vivienda para realizar este tipo de actividades, pero comentó que es de manera constante cuando ingresan con chivos y algunas veces hasta pollos. Sin embargo, eso no es todo, pues también comentó que es un foco de infección, ya que en bolsas negras y a la vista de todos es como abandonan los cadáveres de los animales.

 

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4. España: unos profesionales de “terapias naturales”, absueltos por estafa con rito de santería.

FUENTE: Información

 

 

No le solucionaron sus problemas de salud con una ceremonia de santería que le prometieron y nunca hicieron, y seguramente sus males empeoraron cuando la víctima descubrió que le habían estafado 21.500 euros, dinero que había pedido prestado a un banco. Los “artistas” del desfalco son una pareja propietaria de un centro de tratamientos de belleza y terapias naturales de Alicante (España), los cuales se sentarán en el banquillo de los acusados por estafar dicho dinero a una mujer a la que prometieron que iban a curar con una «ceremonia del santo». Según el diario Información, la Fiscalía de Alicante solicita para los dos acusados sendas penas de 18 meses de prisión por un delito de estafa y que indemnicen a la mujer con 22.000 euros más los intereses legales correspondientes, según se recoge en el escrito de acusación.

Detalles del caso

Los hechos que deben enjuiciarse en un juzgado de lo Penal de Alicante se remontan a mayo de 2019. Según el escrito de conclusiones provisionales formulado por la Fiscalía, los acusados, un hombre que actualmente tiene 48 años y una mujer de 53, estaban al frente de un establecimiento de terapias naturales y estética situado en el barrio del Pla en Alicante. Una mujer acudió a dicho establecimiento en busca de un tratamiento por sus problemas de salud y, tras entablar amistad con los procesados, éstos acabaron convenciéndola de que tenían la solución para sus males.

Así, le plantearon que sus problemas desaparecerían si se sometía a un rito de santería al que denominaron «ceremonia del santo». Le explicaron que para llevar a cabo dicha ceremonia debía pagar 10.000 euros, y la víctima aceptó.  El 19 de junio de 2019, la mujer pagó dicho importe a los acusados y éstos debieron ver una oportunidad de engañarla aún más, porque le pidieron más dinero con la excusa de que para que el tratamiento fuese completo se debía realizar la ceremonia también con su pareja y con su hija.

El precio añadido eran 10.000 euros por la pareja y 1.500 más por la hija, según el escrito de acusación del Ministerio Público. La mujer debía estar convencida porque no se opuso y pagó dicha cantidad de dinero el 5 de julio de 2019. Pese a las promesas de los acusados, las ceremonias nunca fueron realizadas y los procesados no devolvieron el dinero.

La víctima contrató con una entidad bancaria un préstamo de 22.000 euros, de los cuales 500 eran la comisión y el resto lo entregó a los dueños del centro de terapias naturales. A los dueños del establecimiento acusados de estafa no les constan antecedentes penales, según el escrito de acusación formulado por la Fiscalía de Alicante.

El timo del santero es una de las múltiples variedades de estafa con las que engañan a todo tipo de personas. Según la Guardia Civil, las cifras reales de las estafas son muy difíciles de averiguar, ya que muchas personas timadas suelen tener bastante miedo o vergüenza a denunciar. En el caso de este tipo de fraude, se lleva a cabo mediante la videncia o santería. Para ello, el santero se gana la confianza de la víctima para apropiarse de su patrimonio y del de sus familiares más próximos, como ha ocurrido con la mujer estafada en Alicante, a la que ni siquiera llegaron a hacer el ritual.

Absolución de los acusados

Finalmente, el pasado 18 de junio Información publicaba que un juzgado de lo Penal de Alicante ha absuelto a los dos acusados. El fallo no entra a valorar la eficacia de estos supuestos tratamientos, ni tampoco en el juicio hubo complicadas pruebas periciales. La vista oral sólo consistió en la declaración de los acusados y de la víctima, que dieron una versión diametralmente opuesta de los hechos. Ante esto, el juez concluye que no ha quedado nada probado y que procede la absolución de los acusados. Por no considerar probado, no ve acreditado ni que el dinero presuntamente estafado realmente llegara a entregarse. De todas maneras, el fallo no es firme y contra él cabe recurso.

Frente a la versión de la denunciante, los dos acusados, que estaban defendidos a través del turno de oficio por los abogados María García Olcina y José Luis Marchante, dieron una versión totalmente diferente durante el juicio. La pareja aseguró que el ritual sí que se llevó a cabo y que ellos no cobran nada por la ceremonia. Según explicaron, lo único que se aceptan son donaciones voluntarias para comprar material para la casa-templo, entre el que se incluyen las velas, y que en ningún caso recibieron cantidades tan altas por parte de la denunciante. En la santería, las ceremonias se realizan en las viviendas particulares de los propios sacerdotes, por lo que los donativos se destinan a financiar cosas relativas a este culto, de acuerdo con esta versión. Ninguno de los dos procesados tenía antecedentes penales por otros hechos delictivos.

Ante estas versiones tan diferentes entre sí, en las que para dictar sentencia se ha de optar entre a quién de los dos cree más, el magistrado ha concluido que no existe suficiente prueba de cargo para enervar el principio de presunción de inocencia. La sentencia, de apenas tres folios, no considera probados los hechos relatados en el escrito de acusación y procede a la absolución de ambos acusados, al prevalecer el principio de presunción de inocencia. 

Desde la Fiscalía se solicitaba una pena de 18 meses de prisión por delitos de estafa y de apropiación indebida, así como la devolución del dinero a la perjudicada, cargos que mantuvo al término de la vista oral. Unas pretensiones que no han sido estimadas tras la absolución de los dos acusados. Aunque contra el fallo cabe recurso, la víctima no estaba personada en el proceso como acusación particular y la acción penal la ejercía únicamente el Ministerio Público.

La mujer alegaba que había tenido hasta que solicitar un crédito con hasta 500 euros de intereses para poder pagar el tratamiento que le ofertaron los dos acusados, encontrándose con que éstos se quedaron el dinero. Una cantidad que habría ido reuniendo durante dos meses. Sin embargo, el fallo ni siquiera da por acreditado el pago del dinero, por lo que ni siquiera entra a valorar la supuesta eficacia de los tratamientos que los dos acusados ofrecían.

 

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5. Argentina: detienen a un pai umbanda que obligó a un hombre a violar a otro.

FUENTE: Varios medios

 

 

En la ciudad bonaerense de La Plata (Argentina), los efectivos policiales lograron detener el pasado mes de mayo a un pai del rito umbanda, quien se encuentra imputado de obligar a un individuo a que violara a otro hombre, en “castigo” porque lo acusaba de haberle robado dinero, según leemos en Ahora El Día. Los voceros del departamento judicial platense revelaron a Crónica que el pai, de 51 años, fue apresado por los uniformados al ser interceptado en el cruce de las avenidas 31 y 38, en el denominado barrio San Carlos.

De acuerdo con lo manifestado por los informantes, las diligencias estuvieron a cargo de los servidores públicos destinados en la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI) de La Plata, a raíz de una denuncia que la víctima radicó el 22 de febrero pasado ante los funcionarios. Trascendió que el damnificado sostuvo en dicho sumario que en una oportunidad se hallaba en la finca en la que residía el imputado, situada en la calle 41, y que entonces el individuo lo amenazó con un arma de fuego, acusándolo de haberle robado una suma de dinero, para después obligarlo a que violara a otro hombre que se encontraba en esa vivienda, en un acto de “castigo”.

Ahora las pesquisas intentan averiguar el paradero del otro sujeto que estuvo implicado en el aberrante episodio. Mientras tanto, el abogado defensor del preso negó las imputaciones que hay en contra de su cliente. Por motivos legales, los medios no han divulgado los datos filiatorios de las diversas personas involucradas en lo ocurrido. Intervino en la causa, que fue caratulada “Abuso sexual con acceso carnal”, la Unidad Funcional N° 6 de los tribunales de la Capital de la Provincia de Buenos Aires.

Información más detallada

Según la información publicada el 10 de junio por el Diario Hoy, vecinos de Los Hornos (provincia de Buenos Aires, Argentina) reportaron quejas por los movimientos que se vienen registrando desde hace varios meses en un templo en el que realizarían ritos umbanda, en 41 entre 144 y 145 de Los Hornos. Los hechos ocurrieron en esta dirección, en donde “Richard” González, cabeza del grupo que realizaría este tipo de prácticas, fue denunciado penalmente por abuso sexual con acceso carnal. La causa, cuyo IPP es 06-00-007430-22, fue tramitada por el fiscal Marcelo Romero y cayó en el juzgado de Garantías n° 4, a cargo del doctor Massi.

Según consta en el expediente, el denunciante fue un hombre de más de 50 años a quien se le endilgaba un faltante de dinero por las maniobras que se hacían dentro de este domicilio de la localidad de Los Hornos. En tal sentido, tras una discusión, a la víctima se la obligó a practicarle sexo oral al denominado “Pai Richard”, bajo amedrentamiento con armas de fuego. “Esta persona tiene más de 20 hijos reconocidos”, detalló el denunciante.

“Había muchos conflictos familiares. Un domingo a la mañana se levanta y acusó a uno de los ocupantes de que faltaba dinero en el lugar. Ante la acusación, el hombre convocó a un empleado y delante de dos personas lo obligó a practicarle sexo”, explicó. La situación despertó mucha indignación entre los vecinos del barrio, que ya se venían expresando en contra de los movimientos que hay en la zona.

La fiscalía, a través del trabajo de Marcelo Romero, avanzó en la causa, pero más allá de las consecuencias legales, en la zona reclaman por mayor control de este tipo de prácticas que estarían alterando el orden público y el descanso de los vecinos, especialmente durante los fines de semana cuando se realizarían ritos.

De acuerdo a las investigaciones, en la periferia de La Plata hay varios domicilios en los cuales se hace este tipo de prácticas, especialmente en la zona del barrio Cementerio, en la región de Punta Lara (ya en el municipio de Ensenada), en Arturo Seguí y en Villa Elisa. Varios vecinos hicieron las pertinentes denuncias, y encontraron como respuesta la intervención de algún patrullero que en el momento de interceder en los hogares no encontraron respuestas por parte de sus moradores. En la calle 41 entre 144 y 145, en efecto, vivirían más de 30 personas, según consta en la denuncia presentada ante la fiscalía.

Investigación abierta

Finalmente, según leemos en la noticia publicada el 16 de junio por el medio digital 0221, un pedido de prisión preventiva recayó sobre Richard Eduardo González, el pai umbanda detenido por el presunto abuso sexual de un examigo, procesado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma de fuego”, tal como confirmaron a este medio fuentes del caso.

Según consta en la denuncia de la víctima, cuyos datos se mantienen en reserva, el Pai Richard los obligó practicarle sexo oral a otro hombre como represalia por un presunto robo de dinero. El acusado, que cuenta con la defensa de un abogado particular, dijo ante el fiscal que es inocente y rechazó las acusaciones que pesan sobre él. En la investigación el fiscal obtuvo evidencias que derriba la versión del acusado y solicitó al juzgado de Garantías que dicte la medida cautelar privativa de la libertad para evitar riesgos procesales como fuga o entorpecimiento de la investigación.

El denunciante aseguró que, tras discutir fuertemente, el ahora detenido sacó un arma y lo obligó a practicarle sexo oral a otro sujeto que estaba en el lugar, como escarmiento. Este hecho fue presenciado por una testigo que declaró en el expediente y confirmó la versión de la presunta víctima. Ante este panorama el detenido y su cómplice prófugo están ante una pena en expectativa que oscila entre 8 y 20 años de prisión.

 

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6. Argentina: una mujer mandó matar a su marido aconsejada por una mai umbanda.

FUENTE: La Razón de Chivilcoy

 

 

Mandó a matar a su marido por recomendación de una Mai umbanda. Así lo confirmó a La Razón de Chivilcoy el Jefe Departamental de 25 de mayo (Buenos Aires, Argentina), Comisario Inspector Néstor Caldiero, quien informó acerca del debate del juicio por jurados iniciado el pasado 9 de mayo, en el marco del homicidio ocurrido en la localidad vecina en el año 2014, y que tiene como responsable a la ex esposa de la víctima, un sicario y una Mai umbanda. Lo cuenta en este periódico Valeria Trongé.

El drástico hecho tuvo lugar el 22 de noviembre del año 2014, cuando fue hallado el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, identificada como Rafael Almiroty, de 69 años, productor agropecuario, con heridas de un arma blanca en la zona del cuello en reiteradas oportunidades, lo que le produjo un shock hemorrágico causado por las múltiples heridas y la muerte en forma inmediata.

“El 22 de noviembre del 2014, aparece fallecida una persona de sexo masculino, sobre la Calle 104, entre 27 y 28, tomando intervención del hecho de inmediato”, indicó el jefe policial. “Primero se apuntó a un colaborador cercano de él como primera hipótesis, pero se descartó rápidamente al solicitar las intervenciones al teléfono de la víctima y de las distintas antenas que componen el distrito”.

“Afortunadamente, las personas involucradas, que provenían del Gran Buenos Aires, vinieron utilizando el sistema de Nextel para comunicarse, sin poder hacerlo porque no tenía señal acá en 25 de mayo, por lo que debieron llamar al remise que los trasladó, un auto de La Matanza, con el teléfono de la víctima, gracias a esa llamada, mediante la oportuna intervención telefónica, se logró dar con el homicida y con una mai umbanda, donde iba la mujer involucrada, esposa de la víctima, que resultaron ser los ideólogos del asesinato, para quedarse con la herencia del ex marido”.

“Se realizó un allanamiento en el Gran Buenos Aires, con tres detenidos por el hecho, y ahora tras declaraciones y llamadas telefónicas, se determinó también la responsabilidad de la ex esposa, como ideóloga junto a la mai umbanda”, agregó.

Detalles del proceso judicial

Cabe mencionar que un jurado popular decidió en forma unánime la culpabilidad de Blanca Alicia Díaz Villalba y Aldo Pérez por el asesinato ocurrido el 22 de noviembre de 2014, encontrándolos responsables del delito de “Homicidio agravado por el vínculo, por alevosía, por promesa remuneratoria y por el concurso premeditado de dos o más personas”, que terminó con la vida del productor agropecuario Rafael Almiroty, de 69 años, en una estancia ubicada en 25 de Mayo, provincia de Buenos Aires.

Recientemente tuvo lugar la audiencia de cesura, a cargo del juez Dr. Ignacio Racca, del Tribunal Oral en lo Criminal N.° 3 de Mercedes, a los fines de fijar la pena. En la misma, la Fiscalía de Juicio ya adelantó que solicitaría la pena de prisión perpetua para ambos condenados. Las jornadas del debate del juicio oral contra la esposa Blanca Alicia Díaz Villalba y Aldo Pérez, autor material del homicidio, se iniciaron el pasado 9 de mayo. Las otras cuatro personas involucradas en el hecho en calidad de partícipes secundarios ya habían sido condenados previamente en un juicio abreviado.

De acuerdo con la reconstrucción de lo sucedido, Blanca Díaz Villalba, esposa de la víctima, mantenía con él una convivencia discontinua, mientras ella se domiciliaba en Capital Federal, Almiroty pasaba sus días en la estancia y en un campo ubicado en 25 de Mayo. El esposo, con quien tenía dos hijas, la visitaba los fines de semana.

Muerte por encargo

En un momento dado, Díaz Villalba, por intermedio de otras dos personas, conoció a tres sujetos entre ellos los que se encontraba Aldo Pérez. A ellos les encargó la muerte de su esposo a cambio del pago de una suma de dinero determinada, y para facilitarles el ingreso a la casa de su esposo, les entregó la llave del garaje. En las últimas horas del viernes 21 de noviembre de 2014 y las primeras horas del día 22, tres sujetos, entre los que se encontraba Pérez, arribaron al domicilio de Almiroty en un remise.

El imputado ingresó a la vivienda con la llave que le fuera facilitada por la esposa, sorprendiendo a la víctima cuando se encontraba acostada en la cama de su habitación. Aprovechando el estado de indefensión, y con el objetivo de causarle la muerte, lo apuñaló con un arma blanca en la zona del cuello en reiteradas oportunidades, lo que le produjo un shock hemorrágico causado por las múltiples heridas y la muerte en forma inmediata. Sin llevarse más que el celular de la víctima, se retiraron del lugar.

Tras el homicidio, el día 23 de noviembre, Blanca Díaz Villalba llegó a la estancia “La Juanita” y se encontró con su esposo muerto, tirado en el piso y con varios cortes en el cuello. La viuda intentó hacer pasar el hecho como un homicidio en ocasión de robo, sin embargo, las condiciones particulares del suceso pusieron en alerta a los investigadores que pudieron comprobar que no había faltantes dentro de la vivienda. Unos meses después los imputados fueron detenidos.

La Fiscalía de Juicio del Departamento Judicial Mercedes, encabezada por la Dra. Valeria Chapuis y su equipo de trabajo, sostuvo en las jornadas del debate del juicio oral la imputación de “Homicidio agravado por el vínculo, por alevosía, por promesa remuneratoria y por el concurso premeditado de dos o más personas”.

Con esa misma calificación, los doce jurados populares en forma unánime dictaron veredicto de culpabilidad, en la última jornada del debate oral y público desarrollada el miércoles 11 de mayo pasado, tras entender que la Fiscal probó acabadamente la autoría y participación en el hecho de ambos imputados. La ampliación de la información fue suministrada desde el Centro de Información Jurídica del Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires.

 

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7. España: ratificada la prisión para una red de explotación sexual con uso de vudú.

FUENTE: Europa Press

 

 

El Tribunal Supremo (TS) de España ha desestimado los recursos interpuestos por cinco de los siete condenados por integrar una red de trata de mujeres nigerianas a las que sometían al rito del vudú, que fueron juzgados en la Audiencia Provincial (AP) de Cantabria y condenados a penas de entre 14 y 28 años de prisión. La sentencia de la Sala Segunda del TS, consultada por Europa Press y que ya es firme, ratifica la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), que en su día desestimó la apelación de seis de los procesados y confirmó el grueso de las penas impuestas por la AP a los enjuiciados, cinco mujeres y dos hombres.

El TSJC sólo admitió el recurso presentado por uno de ellos, y parcialmente, además. En concreto, de un hombre, también procedente de Nigeria y condenado en principio a 28 años de cárcel, que fue absuelto de tres delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual -castigado con 8 años de prisión, 24 en total-, aunque los jueces mantuvieron la pena de 4 años por inmigración ilegal.

Los cinco que recurrieron al Supremo alegaron diversos motivos, como infracción de ley, de precepto constitucional --secreto de las comunicaciones, derecho de defensa, a la tutela judicial efectiva, a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia-- y quebrantamiento de forma, pero el tribunal echa por tierra todos los argumentos, les impone el pago de las costas y ratifica la condena impuesta.

Hechos, juicio y sentencia

El juicio por estos hechos se celebró entre septiembre y octubre de 2020 en la Audiencia Provincial de Cantabria, que impuso las citadas penas –desde 14 a 28 años de encarcelamiento– a algunos de los integrantes de la red de trata de jóvenes nigerianas, a las que traían a España con falsas promesas de trabajo y obligaban a prostituirse tras hacer un rito en el que juraban obediencia. En concreto, trasladaban a las víctimas desde su país hasta Libia y allí las embarcaban en pateras hasta Nápoles, donde uno de los acusados –el que fue absuelto parcialmente– les proveía de documentación falsa y billetes para que llegaran a España.

Algunas de ellas terminaban en el domicilio de un matrimonio nigeriano que vivía en Torrelavega, que actuaba en colaboración con otras mujeres, una residente en Gijón y otra en Sodupe (Vizcaya), controlando a jóvenes que ejercían la prostitución en diferentes clubes de alterne del país y que estaban obligadas a entregarles el dinero que ganaban con el fin de abonar la deuda de 30.000 euros que habían adquirido al aceptar el viaje.

En concreto, la AP impuso la pena máxima, 28 años de prisión, al hombre que acogía en su vivienda de Nápoles a las mujeres que llegaban desde Libia en patera y les entregaba documentación falsa y billetes para que pudieran llegar a España, por tres delitos de trata con fines de explotación sexual y uno de ayuda a la inmigración ilegal, aunque el TSJC consideró después que no existía “prueba alguna” que acredite que conocía que el destino de las mujeres era su explotación sexual mediante el ejercicio coactivo de la prostitución, pero entendió que sí había cometido el delito de inmigración ilegal imputado y realizaba una “función esencial, clara y precisa dentro de la organización”.

Por lo demás, el alto tribunal cántabro ratificó, como ha hecho ahora el Supremo, el resto de condenas de la Audiencia, que impuso al matrimonio residente en Torrelavega 24 años de cárcel y el pago de una indemnización de 25.000 euros a cada una de las dos mujeres que comparecieron como testigos protegidas en la vista oral contra esta red, al considerarles autores de dos delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en concurso con otro de prostitución coactiva, así como uno más de ayuda a la inmigración ilegal.

Junto a ellos, los magistrados castigaron con 14 años de encarcelamiento a la mujer que operaba en Gijón por un delito de trata de seres humanos en concurso con prostitución coactiva, y por otro de ayuda a la inmigración ilegal. Y también impusieron tres años y ocho meses y multa de 3.240 euros a la que operaba desde Vizcaya, como autora de un delito de prostitución coactiva; y a la misma pena por idéntico delito a otra mujer que también participó de los hechos.

Finalmente, condenaron a un año y medio de prisión y multa de 900 euros a una mujer que ejercía como prostituta en un club de Valladolid y que se encargaba de controlar que una de las víctimas que se encontraba en el mismo local trabajase y enviase dinero a los anteriores, como cómplice de un delito de prostitución coactiva.

 

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8. México: condena a una banda de secuestradores dirigida por un santero.

FUENTE: Milenio

 

 

Un juez federal de México sentenció a 151 años de prisión a Jorge Sandoval Granados, quien formaba parte de una banda de secuestradores que operaba en la Ciudad de México y en el Estado de México, la cual maltrataba a sus víctimas, a las que mantenía en cautiverio por periodos de 50 a 70 días. Según informa Rubén Mosso en Milenio, la Policía Federal detuvo a Sandoval Granados junto con ocho integrantes de la organización criminal el 5 de septiembre de 2015.

Durante el operativo, en un domicilio que se localiza en calle Francisco Villa, sin número, colonia Santo Tomás Chiconautla, municipio mexiquense de Ecatepec, se logró la liberación de una víctima. También se sabe que el 19 de junio de 2015 secuestró a otra persona en la capital del país. De acuerdo con las investigaciones, los delincuentes cometieron secuestros en las ahora alcaldías Iztapalapa y Azcapotzalco, en la Ciudad de México, así como en los municipios mexiquenses de Tecámac, Ecatepec e Ixtapaluca.

En su momento, el caso llamó la atención de las autoridades federales, pues uno de los integrantes de la banda se encargaba de “brindar protección” a sus compañeros a través de ritos de santería, el mismo que decidía si se llevaban a cabo los secuestros. En el operativo se aseguraron tres vehículos, 18 equipos de telefonía celular, una computadora portátil, equipo táctico, documentación e identificaciones de diversas corporaciones policiacas.

El agente del Ministerio Público Federal adscrito a la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO) acusó a Sandoval Granados de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, contra la salud, delincuencia organizada (hipótesis de secuestro) y privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro.

El juez de la causa dictó sentencia condenatoria contra el delincuente, pero se amparó y obtuvo la protección de la justicia federal, por lo que se ordenó la reposición del procedimiento. En acato a dicha reposición, la FGR aportó más elementos de prueba que acreditaron la plena responsabilidad de Sandoval Granados en los mencionados delitos, motivo por el cual el juez impuso una pena de 151 años de cárcel y determinó que esta persona continúe internada en el Centro Federal de Readaptación Social número 14, en Durango.

 

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9. Alerta en Guadalajara (México) por el hallazgo de restos de “trabajos” de santería.

FUENTE: Debate

 

 

Trabajos de santería en distintos puntos de una calle en la colonia Jardines del Country en Guadalajara (Jalisco, México) fueron encontrados por vecinos del lugar el pasado mes de junio; las envolturas tenían escritos nombres. La sorpresa se la llevaron cuando vieron los paquetes “sospechosos” con un líquido saliendo de su interior, por lo que alertaron a las autoridades a números de emergencia pensando en que se trataba de un delito. Lo leemos en Debate, en un artículo firmado por Arely Fernández.

Al arribo de los policías municipales de Guadalajara, uno de los uniformados con guantes abrió un paquete con cuidado y descubrieron en su interior manzanas, frijoles, monedas, llaves, entre otras cosas. El contenido estaba envuelto en un papel que contenía nombres de distintas personas, así como otros escritos en pluma, donde se asume que posteriormente pusieron el contenido y lo cerraron con un lazo.

El hallazgo ocurrió en las calles de Lago Catemaco y la calle AC-2 en la colonia Jardines del Country en el municipio de Guadalajara en Jalisco, con un paquete encontrado en una esquina y otro más en la siguiente. Medios locales reportaron que los elementos de seguridad tomaron los paquetes y los depositaron en la basura, para así mantener la tranquilidad de los vecinos, además consideran que eran trabajos para beneficiar económicamente a las personas nombradas en los papeles.

 

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10. Multan a un hombre en EE.UU. por sacrificar animales en un rito de santería.

FUENTE: Varios medios

 

 

Dos hombres residentes en Hialeah (Florida, EE.UU.) fueron avistados y fotografiados por Virginia Key Outdoor Center, una compañía dedicada al ecoturismo, mientras realizaban varios sacrificios de animales de santería en la playa de Virginia Key. Según informa Paula Fernández en Actualidad Cuba, de acuerdo con el video compartido por dicha compañía, ambos habían dejado cadáveres de pollos decapitados en la arena y envueltos en bolsas de plástico. Además, los empleados se percataron de los hechos por el chillido de los animales y lograron rescatar a seis gallinas y una docena de palomas.

“Las palomas fueron identificadas como robadas la noche anterior a un criador. Debido a que están entrenados para las carreras, pudieron volar a casa. Una paloma blanca valorada en más de 2000 dólares todavía está desaparecida”, publicó el Virginia Key Outdoor Center en Instagram. “Las gallinas son reproductoras amigables. Probablemente robadas también. Ojalá hubiéramos llegado antes”, agregó la compañía en su publicación.

Uno de los hombres fue identificado por la policía de Miami-Dade como Dany Machado Gómez, quien alegó a su favor que estaba ejerciendo su derecho a la libertad religiosa. Esther Alonso, directora del Virginia Key Outdoor Center, comentó a los medios que los dos hombres estaban practicando un ritual y que “uno de ellos tenía un cuchillo, tenía una gallina sobre una de las raíces de los manglares, le había cortado el cuello, se veía horrible”, confirmó.

“Yo les pedí que pararan y uno de ellos me dice: ‘están bien, no les pasa nada’; y yo: ‘cómo que no les pasa nada, están muertos’. Uno [de los hombres] me decía: ‘I’m sorry’, y en eso empezaron a recoger. Dejan los animales, a ver lo que les digo, y en ese momento ellos se fueron”, narró la mujer, impresionada por la matanza. Dany Machado es acusado por la policía por cargos de crueldad hacia los animales y debe pagar 7.500 dólares americanos de multa por verter ilegalmente los cadáveres y pollos vivos en un parque público.

Por su parte, en El Periódico Cubano leemos que, aunque se podría tratar de un ritual perteneciente a alguna religión afrocubana, el antropólogo Martin Tsang explicó al medio Miami News Times que es muy difícil atribuir este sacrificio de animales a una religión en específico o decir que el acto es “100 % santería”. “No conozco a ningún practicante de buena fe que haría esto: salir a sacrificar en un espacio público. El sacrificio dentro del contexto de Orisha es muy delicado, muy respetado y realizado en un contexto sagrado. No se entra a la ligera”, comentó el también sacerdote lucumí y bibliotecario de la Colección del Patrimonio Cubano de la Universidad de Miami.

La ciudad de Hialeah había aprobado una ley para prohibir los sacrificios de animales, pero en 1993 la Corte Suprema de los Estados Unidos afirmó el derecho de los practicantes de la santería para hacer este acto.

 

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