Vaticano

 

El Papa actualiza la ley definitiva contra los abusos: las cuatro claves de "Vos estis lux mundi"

 

Una de las novedades más significativas es que se incluyen penas a laicos que moderen asociaciones internacionales de fieles reconocidas por la Santa Sede

 

 

 

26/03/23


 

 

 

 

  1. Responsabilidad de los fieles laicos moderadores
  2. Mons. Arrieta explica las cuatro claves
  3. Organismos y oficinas de fácil acceso al público
  4. Presunción de inocencia

 

 

 


Monseñor Juan Ignacio Arrieta saluda al Papa Francisco.

 

 

 

El Papa Francisco acaba de promulgar la ley definitiva para combatir toda clase de abusos (sexuales y de conciencia) en el seno de la Iglesia Católica. Con la nueva versión del motu proprio "Vos estis lux mundi" que entra en vigor el 30 de abril, deroga la normativa provisional de mayo de 2019.

Después de cuatro años de experimentación y tras haber consultado a los episcopados y a los dicasterios de la Curia Romana publica este nuevo texto.

 

Responsabilidad de los fieles laicos moderadores

La novedad más significativa, según indica Vatican News, se incluye en el "Título II", con las disposiciones relativas a las responsabilidades de los obispos, superiores religiosos y clérigos encargados de la guía de una Iglesia particular o de una prelatura. Así, ahora también se han añadido a los "fieles laicos que son o hayan sido moderadores de asociaciones internacionales de fieles reconocidas o erigidas por la Sede Apostólica, para los hechos cometidos" mientras ejercían su cargo.

El documento incluía y sigue incluyendo no sólo los abusos contra menores y adultos vulnerables, sino que también se refiere a la violencia sexual y a otra forma de coacción derivadas del abuso de autoridad. Por lo tanto, esta obligación también incluye cualquier caso de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como a seminaristas o novicios mayores de edad.

 

Mons. Arrieta explica las cuatro claves

Monseñor Juan Ignacio Arrieta, Secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos, explica también a Vatican News las cuatro claves principales.

Primera clave: entre los cambios, hay una nueva aclaración sobre las víctimas de abusos: antes se hablaba de menores y personas vulnerables, ahora se habla de adultos vulnerables y “personas que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón”. Al respecto, el obispo español puntualiza que esta terminología busca homologar y dar claridad con el resto de las leyes que existen en la Iglesia.

Arrieta explica que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe es competente para los abusos contra menores y personas que habitualmente carecen de uso de razón, mientras que el "concepto de vulnerables todavía está en estudio", aunque está reflejado en el Código de Derecho Canónico. "Se trata simplemente de ajustar la terminología a lo que ya está presente en la Iglesia, son cuestiones técnicas, pero no suponen cambios sustanciales", señala.

Segunda clave: las normas se aplican ahora no solo a clérigos y religiosos, sino también a "laicos que sean o hayan sido moderadores de asociaciones internacionales de fieles reconocidas o erigidas por la Sede Apostólica".

Arrieta subraya que la idea de la ley era “no solamente permitir la denuncia de los abusos y obligar a todos los clérigos y religiosos a denunciar si conocían estas cosas en fuero externo, sino también encauzar, poder enjuiciar eventualmente, a obispos o a quienes estuvieran al frente de organizaciones internacionales: los superiores religiosos, entre otros”.

 

Organismos y oficinas de fácil acceso al público

Tercera clave: se establece que las diócesis y eparquías deben estar dotadas de "organismos y oficinas" de fácil acceso al público para la recepción de denuncias de casos de abusos. Arrieta comenta que “esto es simplemente recoger lo que ya se veía en la anterior ley”. En ella, se indicaba que en el plazo de un año cada diócesis tenía que organizarse para establecer ese tipo de oficinas o lugares para presentar las denuncias. Ahora, en cambio, “tiene que haberse ya ejecutado y las diócesis han tenido que adoptarlo”.

Cuarta clave: el texto señala que “corresponde al Ordinario del lugar donde presuntamente se produjeron los hechos proceder conforme a la ley prevista para el caso concreto”.

 

Presunción de inocencia

El motu propio del Papa también se refuerza la parte en la que se pide salvaguardar "la legítima protección del buen nombre y de la esfera privada de todas las personas implicadas", así como la presunción de inocencia para quien es investigado en espera de que sean determinadas sus responsabilidades.