Colaboraciones

 

Dignidad humana

 

 

 

27 abril, 2024 | Javier Úbeda Ibáñez


 

 

 

 

Es consabida la importancia que la doctrina social de la Iglesia da a la persona humana y a su dignidad como fuente de los derechos del hombre. Entre todos los temas tratados por el Concilio Vaticano II, la dignidad de la persona humana ocupó un puesto de singular relieve.

Juan Pablo II calificó la Gaudium et spes, el último y más extenso de los documentos promulgados por el Concilio, «la carta magna de la dignidad humana».

La dignidad humana ha quedado plasmada en el Catecismo de la Iglesia Católica como punto de referencia para la ética social y el principio rector del bien común.

El concepto de la dignidad de la persona está presente en el preámbulo de las constituciones de varias naciones europeas como presupuesto antropológico del derecho, y también en los diversos decretos acerca de los derechos del hombre, notablemente en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de 1948.

La dignidad se puede definir como una excelencia que merece respeto o estima.

También hablamos de una dignidad propia del ser humano como tal, por lo que debe ser tratado siempre como hombre.

Ahora bien, ¿de qué se deriva esta excelencia propia del hombre con respecto a las demás criaturas? La respuesta que nos ofrece la teología es clara: el hombre es la única criatura hecha a imagen y semejanza de Dios. Como Dios, el hombre es inteligente, posee una naturaleza espiritual, es libre y capaz de amar.

No sólo, sino que también todo hombre es llamado a la filiación divina por la gracia, es decir, a participar de la misma vida divina. Por esto la Gaudium et spes puede afirmar que el hombre es la única criatura terrestre a la que Dios ha amado por sí misma y que no puede encontrar su propia plenitud si no es en la entrega sincera de sí mismo a los demás.

La inteligencia y libertad del hombre le distinguen de los demás seres, y lo elevan a un rango superior. Por esto, la dignidad de la persona no es fruto de cualidades accidentales, sino de la misma naturaleza del hombre como animal racional, capaz de pensar y de amar.

Ya en el siglo XIII el gran teólogo franciscano, san Buenaventura, presentaba la dignidad como rasgo distintivo de la persona.

Y santo Tomás de Aquino, en la Summa Theologiae, definía la persona como una hipóstasis distinta por su dignidad y afirmaba que cada individuo de naturaleza racional se llama persona, en virtud de su alta dignidad. Esta dignidad proviene de la realidad metafísica de la persona como subsistencia en una naturaleza racional o, como escribe Juan Pablo II: «Es la metafísica que hace posible fundamentar el concepto de dignidad personal en virtud de la naturaleza espiritual de la persona».

Esto nos lleva a una afirmación categórica, sin pedir disculpas: el ser humano es fundamentalmente diferente de los demás seres. Existe una diferencia no sólo de grado, sino de esencia. Entre el hombre y los animales se da un salto cualitativo que cambia todos los esquemas éticos. Así que, aunque se pueda hablar de una ética ambiental o un comportamiento ético hacia los animales, los seres no personales no poseen una relevancia moral por sí mismos, sino sólo en relación con Dios y con los demás hombres.

Es, por tanto, impropio hablar de una dignidad de los animales o de la tierra, pues la dignidad es característica distintiva de la persona. En realidad, el esfuerzo por equiparar los animales con el hombre no resulta de la exaltación de los animales, sino más bien de la reducción del hombre a la pura materia, negando su naturaleza espiritual.

Dado que la dignidad de la persona depende no de sus capacidades particulares, sino de su naturaleza, es común a todos los miembros de la familia humana. Así como todos los hombres participan igualmente de la humanidad, todos poseen una igual dignidad que es característica de la humanidad.

Las diferencias entre los hombres son evidentes. Algunos poseen una inteligencia superior, otros son mejores atletas, otros gozan de una particular sensibilidad artística. Si la dignidad del hombre dependiera de cualquiera de estos factores, no se podría hablar de una dignidad común de las personas, sino que existiría una vasta gama de dignidades particulares, y así también los derechos de los hombres variarían de persona en persona.

La dignidad no es fruto de las cualidades particulares, sino de la naturaleza racional y espiritual del hombre.

Es de vital importancia que el concepto de la dignidad de la persona humana, como característica distintiva de todo ser humano, mantenga su integridad. Así la civilización europea podrá avanzar de acuerdo con la auténtica justicia, y podrá llegar a ser un verdadero faro de luz para el mundo entero.

Como hemos visto, la dignidad no es fruto de las cualidades particulares, sino de la naturaleza racional y espiritual del hombre. Ni la enfermedad, ni el color de la piel, ni la inmadurez física o emocional, ni el desarrollo de las propias capacidades, ni las creencias religiosas, ni la clase social puede cambiar la dignidad esencial de todo ser humano y los derechos que son consecuencia de esta dignidad.

Es de vital importancia que el concepto de la dignidad de la persona humana, como característica distintiva de todo ser humano, mantenga su integridad. Así la civilización europea podrá avanzar de acuerdo con la auténtica justicia, y podrá llegar a ser un verdadero faro de luz para el mundo entero.