Colaboraciones
Sobre la educación cristiana (I)
31 marzo, 2025 | Javier Úbeda Ibáñez
Escuela. Estado y libertad de enseñanza
El principio básico para el ordenamiento legal de la enseñanza y la educación es la libertad de enseñanza.
Enseñar y educar no es otra cosa que transmitir el sistema de ideas, de cultura, de ciencia, de moralidad y de religión. Por consiguiente, las libertades de cultura, de las conciencias y religiosa quedan gravemente cercenadas —y reducidas a la triste condición de libertades residuales— sin verdadera libertad de enseñanza.
Sin libertad de enseñanza no hay libertad de pensamiento y de conciencia; hay en cambio, dirigismo cultural, pretensión de imponer desde el Estado una determinada concepción del mundo, del hombre y de la sociedad. Sin libertad de enseñanza no hay verdadera democracia ni sociedad libre. Habrá votaciones y asambleas, pero no libertad.
El cometido propio del Estado en la tarea de la educación es fundamentalmente el de una ayuda a la iniciativa privada. Afirmar el carácter subsidiario de la función educativa del Estado significa, ante todo, que este no posee, en modo alguno, la titularidad más inmediata del derecho a educar, como tampoco la del deber correspondiente. Ambos títulos recaen naturalmente, y de una manera primordial, en la iniciativa privada: muy en concreto, en la que concierne a los padres como responsables naturales de la formación de sus hijos.
Únicamente si la iniciativa privada no cumple su cometido educativo, o si lo cumple insuficiente, debe el Estado, en nombre de los intereses generales, intervenir en el ámbito de la educación supliendo lo que realmente esta no hace. (Por lo demás, se ha de sobreentender que la suplencia estatal de lo que no hace la iniciativa privada no es la suplencia de lo que esta omite porque el Estado no se lo deja hacer).
En el supuesto de que la iniciativa privada atendiese de un modo suficiente a todas las exigencias de la educación, el Estado conservaría, sin embargo, una función que le es esencial y propia: la de promover y mantener las condiciones de índole general que en la vida civil hacen posible la práctica del cometido educativo de la iniciativa privada. Ello responde a la índole subsidiaria del Estado —sin ser una suplantación ni una suplencia—, porque tiene el sentido de una ayuda con carácter común o general.
La escuela no debe ser un órgano ejecutivo del Estado, ni un campo de experimentación política, ni un recinto de manipulación. La forja y el adoctrinamiento de niños por el Estado deben rechazarse, salvo que alguien los considere deseables para sus hijos.
Solamente un Estado proclive al totalitarismo puede arrogarse el derecho a decidir sobre la hechura espiritual de sus ciudadanos, sobre sus modos de sentir y pensar, sus conocimientos y sus convicciones. El Estado como institución se excede inevitablemente en sus atribuciones cuando pretende dar disposiciones y prohibiciones sobre dónde deben los niños recibir enseñanza y ser educados.
La escuela no debe ser degradada a la condición de instrumento político manejado por la mayoría parlamentaria de cada momento, pues ello constituiría una forma sutil de dictadura. Y por esto es necesario que deje de servir como fábrica de ideologías para los revolucionarios reprimidos.
La misión del Estado debería consistir en conciliar los diversos intereses de sus ciudadanos, ejerciendo una alta mediación, y en proteger la libertad de conciencia, exigir y controlar unos mínimos de conocimientos y procurar para todos las mismas oportunidades de educación y formación en un régimen de libre promoción de centros.
El monopolio estatal de la enseñanza se opone a los derechos natos de la persona humana, al progreso y a la divulgación de la misma cultura, a la convivencia pacífica de los ciudadanos y al pluralismo que hoy predomina en muchas sociedades. Por ello, a toda persona de mentalidad auténticamente liberal debe parecer obvio que los padres, a quienes incumben con preferencia la misión y el derecho inalienables de educar a sus hijos, deben ser realmente libres para elegir escuela.
Todos tienen derecho a la educación, pero nadie está condenado a la uniformidad y al igualitarismo. Un pluralismo social sin un derecho libre a la educación es, si acaso, una broma de mal gusto: que el precio que se paga por la libertad sea la pérdida de la libertad.
En otras palabras, se acepta el pluralismo como un hecho político, pero se niega el pluralismo como característica fundamental de la comunidad.
Las directrices del Vaticano II
«El conflicto sobre si la educación debiera ser pública o privada, laica o religiosa, lleva vivo mucho tiempo. La declaración sobre la educación cristiana del concilio Vaticano II Gravissimum educationis (promulgada por el Papa Pablo VI el 28 de octubre de 1965. Está compuesta de un proemio, una conclusión, y doce párrafos donde se tratan diversas materias. La declaración comienza afirmando la importancia de la educación cristiana en la vida de la persona y su influencia en el progreso de la sociedad. Se denuncia que aún hay muchos niños y jóvenes carentes de una educación conveniente y se fundamenta el por qué la Iglesia debe ocuparse de la educación recurriendo a la idea de la maternidad de la Iglesia, su deber y misión de anunciar el Evangelio), presentaba (la declaración) algunos principios que guían la educación cristiana. Entre las directrices adoptadas por el Vaticano II están los siguientes puntos:
»- Todos tienen un derecho inalienable a una educación. Una educación verdadera tiene como objetivo la formación de la persona humana en la búsqueda de su fin último y del bien de las sociedades.
»- Todos los cristianos tienen derecho a una educación cristiana. Esto no se reduce a una mera maduración de la persona humana sino también a la meta de permitir al bautizado el hacerse más consciente del don de la fe que ha recibido, y aprender además cómo rendir culto a Dios y conformar sus vidas personales según el hombre nuevo creado en la justicia y la santidad de la verdad.
»- Los padres tienen la muy seria obligación de educar a sus descendientes y se les debe reconocer como los primarios y principales educadores.
»- Entre todos los instrumentos educativos, la escuela tiene una importancia especial. Está pensada no sólo para desarrollar con especial cuidado las facultades intelectuales sino también para formar la capacidad de juzgar con rectitud, para entregar el legado cultural de las generaciones precedentes, fomentar el sentido de los valores y preparar para la vida profesional.
»- Los padres tienen el derecho primario e inalienable y la tarea de educar a sus hijos, y deben gozar de verdadera libertad en su elección de escuelas. En consecuencia, los poderes públicos, que tienen la obligación de proteger y defender los derechos de los ciudadanos, deben considerar, en su preocupación por la justicia distributiva, que los subsidios públicos se utilicen de tal manera que los padres sean verdaderamente libres de elegir según sus conciencias las escuelas que quieran para sus hijos.
»- La Iglesia tiene en alta estima a aquellas autoridades civiles y sociedades que, considerando el pluralismo de la sociedad contemporánea y respetando la libertad religiosa, ayudan a las familias de manera que la educación de sus hijos se pueda impartir en todas las escuelas según los principios morales y religiosos individuales de las familias.
»- La escuela católica persigue metas culturales y la formación humana de la juventud. Pero su función propia es crear para la comunidad escolar una atmósfera especial animada por el espíritu evangélico de libertad y caridad».
«En estudio, publicado por la UNESCO y la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico), confirmaba la importancia de la educación privada en los países en desarrollo. Informando sobre el estudio, el periódico canadiense Globe and Mail observaba que hay muchas evidencias de que las mejoras del nivel educativo aceleran el crecimiento económico.
»La educación se considera cada vez más una inversión en el futuro colectivo de las sociedades y de las naciones, más que una simple inversión en el futuro éxito de los individuos.
»Sin duda el Estado tiene un valioso papel que jugar en la educación. Pero dejar sitio a las instituciones privadas da a los padres más flexibilidad y mejora el bien común» (declaración sobre educación cristiana del concilio Vaticano II Gravissimum educationis).