30.01.12

Diez Mandamientos

RAZÓN DE LA SERIE:

Los Mandamientos de la Ley de Dios vienen siendo, desde que le fueron entregados a Moisés (Éxodo 20, 1-17) en aquella tierra inhóspita por la que deambulaban hacia otra mejor que los esperaba, una guía, no sólo espiritual, que el ser humano ha seguido y debe seguir. Quien quiera ser llamado hijo del Creador ha de responder afirmativa a Cristo cuando le diga, como al joven rico (Mc 10, 19) “ya sabes los mandamientos…” y ha de saber que todo se resumen en aquel “Quien ama, ha cumplido toda la ley” que dejara escrito San Pablo en su Epístola a los Romanos (13,8).

Por otra parte, los Mandamientos, doctrinalmente así se entiende, están divididos, o podemos así entenderlo, en dos grandes grupos: el primero de ellos abarca los tres primeros que son referidos, directamente a Dios y que se resumen en el “amarás a Dios sobre todas las cosas”; el segundo abarca el resto, 7, referidos, exactamente, a nuestra relación con el prójimo y que se resumen en el “amarás a tu prójimo como a ti mismo”.

Tenemos, pues, que traer a nuestra vida ordinaria, el espíritu y el sentido exacto de los 10 Mandamientos de la Ley de Dios para no caer en lo que San Josemaría refiere en “Amar a la Iglesia” (El fin sobrenatural de la Iglesia, 11) cuando escribe que “Se rechaza la doctrina de los mandamientos de la Ley de Dios y de la Iglesia, se tergiversa el contenido de las bienaventuranzas poniéndolo en clave político-social: y el que se esfuerza por ser humilde, manso, limpio de corazón, es tratado como un ignorante o un atávico sostenedor de cosas pasadas. No se soporta el yugo de la castidad, y se inventan mil maneras de burlar los preceptos divinos de Cristo.

Seamos, pues, de los que son llamados humildes, mansos y limpios de corazón y traigamos, aquí, el sentido que la norma divina tiene para nosotros, hijos del Creador. Sabemos lo que nos espera, en la vida eterna, en tal caso.

7º.- No hurtarás

No hurtarás

Sabemos que hurtar es causar daño al prójimo tomando o reteniendo bienes que le son propios. Se hace, además, contra la voluntad del legítimo propietario pero sin causar daño en aquello que se hurta ni, tampoco, a las personas a las que se les hurta.

Pero, aunque se haga sin causar más estrago que el propio de privar de algo ajeno al prójimo, no extraña que tal forma de proceder sea contemplada en el Catálogo normativo de Dios de una forma no permitida. Sin embargo, como pasa en todos los Mandamientos de la Ley de Dios, su sentido va más allá de la letra de los mismos pues también la conducta incumplidora del ser humano de lo dicho por el Creador, es diversa y tiene, siempre, mucha imaginación para tergiversar lo que es la voluntad de Dios.

Las siguientes preguntas nos sirven, como en otros casos, para preguntarnos acerca de nuestra actitud sobre el séptimo Mandamiento:

¿Has hurtado algo ajeno en materia leve?
¿Has perjudicado gravemente a otros en sus bienes? (En su negocio, comercio, clientela, fortuna, hacienda…)
¿Has comprado o vendido con engaño? (En el peso, cantidad, calidad, medida, precio…)
¿Pagas lo justo (salarios, deudas, precios…), y cobras lo justo por tu trabajo? (Sueldos, ventas, negocios, prestamos…)
¿Has comprado, a sabiendas, lo hurtado?
¿Has jugado cantidades grandes o que no son tuyas?
¿Has hecho trampas en el juego por ganar?
¿Has pasado billetes falsos?
¿Has sisado en las compras?
¿Derrochas el dinero en lujos y caprichos?
¿Te has dejado sobornar? ¿Aceptas dinero de negociantes o litigantes?
¿Retienes el dinero ajeno? (De legados, limosnas, pagos, jornales de obreros…)

No hurtarás

¿Has cooperado de alguna manera a los robos ajenos? (Encubriéndolos, aconsejando, callando, ayudando, participando, no impidiendo…)
¿Sientes codicia excesiva, envidias a los ricos, y te quejas de Dios porque no te da más riquezas?
¿Has deseado robar al prójimo o perjudicarle en sus bienes?
¿Has tramado algo para apoderarte de lo ajeno?
¿Tratas de enriquecerte aprovechándote de la escasez o de la necesidad del prójimo?
¿Cumples con la justicia social, según tu posición?
¿Das limosnas proporcionadas a tus ingresos?

Y, ante esto, también podemos preguntarnos si hemos, por ejemplo, restituido, pudiendo, lo hurtado y resarcido el daño que se ha causado porque si está mal pecar no podemos dejar de recordar que debería ser posible que el corazón del cristiano, aquí católico, sintiera la necesidad de corregir el daño causado.

Pero para que se comprenda que lo básico en el comportamiento, ahora en este aspecto de la propiedad ajena, es que se tenga por cierto y verdadero lo que nos debe importar el prójimo, el Decreto sobre el Apostolado de los Seglares (8), de título Apostolicam actuositatem (del Concilio Vaticano II) dice que

“Para que este ejercicio de la caridad sea verdaderamente extraordinario y aparezca como tal, es necesario que se vea en el prójimo la imagen de Dios según la cual ha sido creado, y a Cristo Jesús a quien en realidad se ofrece lo que se da al necesitado; se considere con la máxima delicadeza la libertad y dignidad de la persona que recibe el auxilio; que no se manche la pureza de intención con ningún interés de la propia utilidad o por el deseo de dominar; se satisfaga ante todo a las exigencias de la justicia, y no se brinde como ofrenda de caridad lo que ya se debe por título de justicia; se quiten las causas de los males, no sólo los efectos; y se ordene el auxilio de forma que quienes lo reciben se vayan liberando poco a poco de la dependencia externa y se vayan bastando por sí mismos”

Por lo tanto, en el amor, en la caridad, ha de residir, y reside, la voluntad de tener en cuenta, para su bien, al prójimo y, así, no detraerle bienes que le son propios. Y todo esto porque sabemos, y no podemos dejarlo olvidado cuando nos conviene, que el resto de personas son criaturas de Dios y, por lo tanto, merecen respeto y tener en cuenta su dignidad como tales. Además, como expresión de verdadera caridad, San Juan, en su Primera Carta (3, 17) nos advierte acerca de que

“El que tuviere bienes de este mundo y viendo a su hermano pasar necesidad le cierra las entrañas, ¿cómo mora en él la caridad de Dios?”

Tengamos, pues, en cuenta, el sentido profundo de no hurtar pues, al fin y al cabo lo que tenemos lo habemos por gracia de Dios y el hermano que padece puede sentirse hurtado en su propia circunstancia.

En realidad, hay muchas formas de hurtar como, por ejemplo

-Quitar, retener, estropear o destrozar lo ajeno contra la voluntad de su propietario.

-El fraude o, lo que es lo mismo, hurtar con apariencias legales, con astucia, falsificaciones, mentiras, hipocresías, pesos falsos…

-La emisión de cheques sin fondo o la firma de letras de cambio que, a sabiendas, nunca podrán ser pagadas.

-La usura o las trampas en el juego.

-También lo siguiente a tener en cuenta y que recoge el Deuteronomio (25, 15-16):

Has de tener un peso cabal y exacto, e igualmente una medida cabal y exacta, para que se prologuen tus días en el suelo que Yahvéh tu Dios te da. Porque todo el que hace estas cosas, todo el que comete fraude, es una abominación para Yahvéh tu Dios.

No hurtarás

-O esto otro que recoge el Levítico (19, 35).

“No cometáis injusticia en los juicios, ni en las medidas de longitud, de peso o de capacidad: tened balanza justa, peso justo, medida justa y sextario justo. Yo soy Yahvéh vuestro Dios, que os saqué del país de Egipto”

Es más que posible que muchas de estas actuaciones queden sin castigo humano porque, como es comprensible, no todo puede ser controlado ni es posible que todas las diversas formas de hurtar que aquí hemos contemplado, tengan su justo castigo. Sin embargo, no es menos cierto y verdad que Dios, que todo lo sabe y todo lo ve, juzgará, cuando sea oportuno, semejantes comportamientos y que bien podemos darnos cuenta de esto en los textos del Antiguo Testamento aquí traídos.

Por otra parte, en el libro “Dios y el mundo” que es, como sabemos, la fijación por escrito de una larga conversación habida entre Peter Seewald y el entonces cardenal Joseph Ratzinger (Benedicto XVI) preguntó el escritor, precisamente, sobre el Mandamiento relativo a “No hurtarás”.

El cardenal respondió (a la pregunta “El séptimo mandamiento: ‘No hurtarás’. Respetar la propiedad ajena es un precepto banal. ¿Qué más esconde detrás?”) lo siguiente:

“La doctrina de la asignación universal de los bienes de la creación no es sólo una idea bonita, también tiene que funcionar. Por eso está supeditada a ella la verdad de que el individuo necesita su esfera en las necesidades fundamentales de la vida y por tanto debe existir un sistema de propiedad que cada individuo debe respetar. Esto exige, por supuesto, las necesarias leyes sociales orientadas a limitar y controlar los abusos de la propiedad.

Ahora vemos con una claridad antes infrecuente cómo las personas se autodestruyen viviendo solamente para atesorar cosas, para sus asuntos, cómo se sumergen en ello, convirtiendo la propiedad en su única divinidad. Quien, por ejemplo, se somete por completo a las leyes de la Bolsa, en el fondo no puede pensar en otra cosas. Vemos el poder que ejerce entonces el mundo de la propiedad sobre las personas. Cuanto más tienen, más esclavas son, porque deben estar continuamente cuidando esa propiedad y acrecentándola.

La problemática de la propiedad también se observa claramente en la relación perturbada entre el Primer y el Tercer Mundo. Aquí la propiedad ya no está supeditada a la asignación universal de los bienes. También aquí es preciso hallar formas legales para que esto siga equilibrado o se equilibre.

Ya ve usted cómo la palabra de respetar los bienes ajenos entraña una enorme carga de verdad. Abarca ambas cosas, la protección de que cada cual ha de recibir lo que necesita para vivir (y después hay que respetárselo), pero también la responsabilidad de utilizar la propiedad de forma que no contradiga la misión global de la creación y del amor al prójimo.”

Sepamos, pues, que hurtar, es mucho más que aquello que pudiera parecer y que, sobre todo, Dios, que ve en lo secreto, ama a quien sabe darse cuenta del mal hecho y que, al fin y al cabo, mejor cristiano es quien, ante el pecado sabe pedir perdón, levantarse y seguir adelante.

Eleuterio Fernández Guzmán


Leer Primer Mandamiento: Amarás a Dios sobre todas las cosas.

Leer Segundo Mandamiento: No tomarás el nombre de Dios en vano.

Leer Tercer Mandamiento: Santificarás las fiestas.

Leer Cuarto Mandamiento: Honrarás a tu padre y a tu madre.

Leer Quinto Mandamiento: No matarás.

Leer Sexto Mandamiento: No cometerás actos impuros.