Puerto Rico: un juez obliga a dejar entrar a los testigos de Jehová a las urbanizaciones

El juez federal de Puerto Rico Gustavo Gelpí ordenó al ayuntamiento de Gurabo y a la administración de la urbanización Ciudad Jardín I, ubicada en dicho municipio, garantizar la entrada de los testigos de Jehová al complejo residencial mediante una orden de protección que salvaguarda los derechos constitucionales de los adeptos del grupo para predicar a través de sus visitas a los hogares.

Las estipulaciones de la orden señalan que la urbanización les ha privado la entrada a los testigos de Jehová en cuatro ocasiones durante este año a pesar de las decisiones legales que protegen los esfuerzos de predicación de los testigos en comunidades de control de acceso. Lo cuenta Francisco Rodríguez-Burns en El Nuevo Día.

La orden del juez incluso autoriza la utilización de fuerza para que los policías puedan abrir los portones de la urbanización si la administración de la misma se niega a permitir la entrada de los miembros de la secta. El juez también pautó una vista judicial para determinar la posible extensión de su orden que expiraría a mediados de abril.

Los testigos de Jehová demandaron a varios municipios en el 2004 para reclamar su acceso a comunidades cerradas. Gelpí falló a favor de la secta el 21 de marzo de 2013. En noviembre de 2014, el Tribunal del Primer Circuito de Apelaciones en Boston reafirmó una de sus decisiones para entregar a los testigos de Jehová dispositivos y códigos de acceso para poder llevar su mensaje a urbanizaciones con control de acceso sin guardias de seguridad.

Antecedentes

Tal como publicamos en Info-RIES en mayo de 2012, un tribunal estadounidense ordenó que todos los barrios con cercas de protección en Puerto Rico hallaran el modo de permitir el acceso de los testigos de Jehová para que puedan hacer proselitismo. De esta manera, todo aquel que pertenezca a un movimiento ideológico, no necesariamente religioso, tendría libre entrada a las urbanizaciones cerradas a raíz de esta sentencia del Tribunal Federal.

El año siguiente conocimos que el juez federal de Puerto Rico Gustavo A. Gelpí ordenó (el 21 de marzo de 2013) que todos los municipios de ese país se aseguren de que las urbanizaciones den completo acceso a los testigos de Jehová. 

“Todos los municipios demandados deben recopilar y entregar a los demandantes (testigos de Jehová) una forma de acceso a todas las urbanizaciones con control de acceso sin guardia de seguridad localizadas en sus ayuntamientos. Dependiendo de la forma de acceso, cada urbanización debe entregar a los demandantes una llave, un código de acceso, beeper, o cualquier otro dispositivo necesario para permitir la entrada a la urbanización. El tipo de acceso que se provea a los demandantes debe ser igual que el que tienen los residentes de esas urbanizaciones y deben conceder acceso sin ninguna restricción a los demandantes, rezaba la orden de tres páginas de Gelpí.

La decisión representó una victoria para la secta, pero afectaba a la práctica de control de acceso público a urbanizaciones y suponía un golpe al bolsillo de los residentes de estas comunidades por lo oneroso que supone el cumplimiento de esta orden, según se quejaban los vecinos a los medios de comunicación.

El episodio siguiente en esta historia sucedió en octubre de 2013, cuando se conoció que los municipios puertorriqueños de Bayamón, Dorado, Guaynabo, Gurabo, Ponce y Trujillo Alto debían pagar miles de dólares en multas por no cumplir con la orden del juez federal de abrir las urbanizaciones con control de acceso sin guardias a los testigos de Jehová. El juez había señalado que de no cumplir su orden, los municipios se exponían a una multa de 100 dólares diarios.

Por último, en febrero de 2014 el tema se trató en el Tribunal Supremo, ya que durante una vista oral se trató una petición de Certificación Interjurisdiccional de la Corte Federal para el Distrito de Puerto Rico relativa a este caso. La urbanización Brighton Country Club en Dorado rechazó la orden federal alegando que no le afecta porque las calles de este complejo residencial son privadas.

Establecida la controversia, la curia escuchó las argumentaciones de los abogados de la Watchtower Bible Tract Society of New York (corporación empresarial detrás de la secta) y del municipio. Finalizados los turnos de argumentación y de réplica, el caso quedó sometido ante el Tribunal Supremo, que no tiene límite de tiempo para expresarse mediante resolución u opinión.